El 1 de Enero de 2019 entraron en vigor las modificaciones en material laboral en España, en concreto, la reforma del Real Decreto 1462/2018 y el Real Decreto Ley 28/2018. Estos cambios principalmente afectan a los costes empresariales y la protección social de los trabajadores.
Ante una tasa de paro inferior al 15% en diciembre de 2018 y el propósito del gobierno socialista de acabar con las medidas de austeridad que se venían tomando en años anteriores, llega la reforma laboral para este 2019 en las que destaca el incremento de la recaudación por parte la Seguridad Social.
En el Régimen General de la Seguridad Social
Los cambios más importantes que se han producido en materia laboral son:
- El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) sube un 22,3%, situándose en 900€/mes (30€/día) en 14 pagas, es decir, a 12.600€/año.
En trabajadores del hogar, la hora efectivamente trabajada pasará de remunerarse a 5,59€ a 7,04€.
En el caso de temporeros y trabajadores eventuales que trabajen menos de 120 días al año en la misma empresa, tendrán 42,62€/jornada legal de actividad.
SMI (14 pagas) | SMI Anual | SMI Temporeros | SMI Trabajadores del Hogar | €/hora |
2018 | 735,9€/mes | 10.302,60 € | 34,85 € | 5,59€/h |
2019 | 900€/mes | 12.600,00 € | 42,62 € | 7,04€/h |
- Subida del 7% de las bases de cotización
AÑO | BASE MÁXIMA | BASE MÍNIMA |
2018 | 3.803,70 € | 858,60 € |
2019 | 4.070,16 € | 1.050,00 € |
- Incremento del recargo en las cuotas a la Seguridad por Contingencias Comunes en los contratos de corta duración al 40% (en 2018 era el 36%) y pasa de aplicarse a contratos iguales o inferiores a 5 días (en 2018 era de 7 días).
- Inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social a todos los trabajadores en prácticas académicas, no laborales y programas de formación independientemente de que sean remuneradas o no.
- Derogación de los contratos con incentivos vinculados a una tasa de desempleo superior al 15%. Los afectados son:
- Contrato indefinido de apoyo a los emprendedores
- Contrato de formación y aprendizaje para personas entre 25 y 30 años. Es decir, sigue vigente sólo hasta los 25 años de edad.
- Contrato a tiempo parcial con vinculación formativa
- Contrato indefinido de un joven por microempresas y autónomos
- Contrato en nuevos proyectos de emprendimiento joven
- Contrato de 1º empleo joven
- Incentivos a los contratos en prácticas
En el siguiente enlace podemos ver las posibilidades de contratos vigentes en 2019.
- Derogación de la medida de acompañamiento al salario de los jóvenes inscritos en el programa de Garantía Juvenil con contrato para la formación y el aprendizaje. En 2018 se introdujo esta medida y se abonaba el 80% del IPREM (430€/mes).
- Posibilidad de Jubilación forzosa bajo las siguientes condiciones:
Haber llegado a la edad ordinaria para poder jubilarse y cumplir con los requisitos para cobrar el 100% de la prestación. Con esta medida se pretende rejuvenecer las plantillas de las empresas.
Régimen de Autónomos (RETA)
- Obligación de cotizar por todas las contingencias:
- Comunes: 28,3%
- Profesionales: 0,9% (0,46€ IT y 0,44% IMS), que da derecho a cobrar la prestación por accidente de trabajo y enfermedad profesional desde el 1º día y en el caso de enfermedad común, desde el día 61 de baja pasará a cargo de la mutua.
- Cese de actividad: 0,7% y pasa de 12 a 24 meses. La prestación se podrá cobrar al día siguiente a la baja en la Seguridad Social
- Formación prevención: 0,1%
- Incremento de la tarifa plana (estaba en 50€ al mes en 2018) en las siguientes cuantías:
TARIFA PLANA AUTÓNOMOS | CUOTA | NOTA |
Mes 1-12 | 60 € | Si cotiza por la base mínima y si cotiza por la base superior, reducción del 80% |
Mes 13-18 | Reducción del 50% | |
Mes 19-24 | Reducción del 30% |
- Incremento de las bases de cotización en un 1,25%
BASE | COTIZACIÓN |
Base mínima | 944,40 € |
Base mínima en autónomos societarios | 1.214,08 € |
Base Máxima | 4.070,10 € |
- Calificación como infracción grave a los falsos autónomos, es decir, aquellos que cotizan por autónomos (944,4€ al mes en vez de los 1050€ que les corresponde) realizando un trabajo por cuenta ajena. La sanción puede ir desde los 3.126€ hasta los 10.000€
Aún han quedado temas pendientes de regular como el registro obligatorio de la jornada de trabaja, el incremento en las semanas de paternidad o la regulación laboral de trabajadores para plataformas digitales como Uber o Glovo.
Veremos qué efectos tienen estas medidas en los costes para las empresas y la creación o destrucción de empleo.