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SOCIMI

Steven Jorge Pedrosa
2 min
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Una SOCIMI o Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión Inmobiliaria) es una sociedad de carácter anónimo cotizada cuyo objetivo fundamental es compra, promoción y rehabilitación de activos de naturaleza inmobiliaria para su arrendamiento.

Las SOCIMI son una figura jurídica destinada a operar en el sector inmobiliario.  Si lo asemejamos o comparamos con otras formas jurídicas, las SOCIMI tienes rasgos similares a las SICAV:

  • Ya que presenta la idea de inversión colectiva para pequeños inversores en grandes proyectos de inversión a gran escala.
  • Por ser sociedades de valores.
  • La mayoría cotiza en bolsa, aunque no tiene obligación de ello.

Esta figura se regula a través de la Ley SOCIMI por regla general, quedando algunos temas encuadrado en la Ley de Sociedades Anónimas y Ley del Mercado de Valores.

Su denominación en el mundo anglosajón es Real Estate Investment Trust (REIT). Estas nacen en Estados Unidos, en el año 1960. Su objetivo era el de diversificar los inversores a gran escala de los activos inmobiliarios. De esta forma, permitiendo operar a pequeños inversores en la industria inmobiliaria, como si se tratara de otra industria cualquiera, a través de la compra de valores.

Características fundamentales de las SOCIMI

  • Deben cotizar en el mercado español o europeo.
  • El capital social mínimo tiene que ser de al menos 5 millones de euros y contar con al menos 50 inversores (accionistas).
  • En la distribución de beneficios, deben dedicar al reparto de dividendos al menos el 90% de las rentas de arrendamiento de activos inmobiliarios, el 50% de transmisiones patrimoniales (inmuebles) y el 100% de beneficios de las participaciones en otras SOCIMI’s e industrias.
  • Tienen un régimen fiscal propio delimitado en el Impuesto de Sociedades.
  • Estas sociedades deben invertir al menos el 80% de sus activos en inmuebles urbanos destinados al alquiler en régimen de propiedad, debiendo obtener al menos el 80% de sus ingresos del arrendamiento, obligando a permanecer unos años en los activos (de 3 a 7 años) y donde la financiación ajena no puede sobrepasar del 70%.

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Steven Jorge Pedrosa, 14 de diciembre, 2016
SOCIMI. Economipedia.com

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