¿Qué pasa cuando te enfrentas al borrador de la renta? Bueno, básicamente te dan una versión resumida de tu vida financiera, cortesía de la Agencia Tributaria y sus amigos informáticos. Pero, espera, ¡no todo está ahí!
Y no es nada irrelevante. Faltan muchas deducciones en el borrador, que si aplicas es dinero que puedes recuperar.
Muchas personas no aplican estas deducciones, perdiendo de media casi 400 euros, según la Agencia Tributaria. Dejan escapar ese dinero tan merecido sin ni siquiera darse cuenta.
Entonces, ¿qué no incluye este famoso borrador? ¡Vamos a desglosarlo!
- Deducciones por vivienda: Ya sea que pagues alquiler o estés pagando la hipoteca, hay algo en la bolsa mágica de deducciones para ti. Y si te has lanzado a la aventura de rehabilitar tu morada, ¡enhorabuena! Las reformas también las puedes deducir. Necesitarás la referencia catastral y/o el DNI del propietario de la vivienda.
- Deducciones por inversión o donación: Si has invertido en esa startup que promete revolucionar el mundo, o has donado a tu ONG favorita, felicidades, tu generosidad (o astucia inversora) tiene premio en tu declaración.
- Inversión en empresas de nueva o reciente creación: El futuro te agradecerá (y tu cartera también).
- Deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial: Porque invertir en el crecimiento es siempre una buena idea.
- Donaciones o aportaciones a fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública: Porque a veces, compartir no solo es cuidar, sino también deducir.
- Deducciones por inversiones y gastos de interés cultural: Aquí entra desde ese cuadro que juras que será famoso algún día hasta inversiones en conservación del patrimonio.
- Deducciones por familia: Desde deducciones por hijo hasta por gastos en guardería, educación, y más. Porque tener familia es un poco como tener un pequeño negocio: muchos gastos, pero también algunas gratificaciones fiscales.
- Cuotas sindicales y colegios profesionales: Esa cuota que pagas, aparte de darte acceso a un mundo de newsletters y eventos, también puede darte un respiro en tu declaración.
- Ingresos por alquiler, rendimientos por actividades profesionales o empresariales, ganancias o pérdidas patrimoniales: Básicamente, si mueves dinero, hay que declararlo. Pero también puedes deducir los gastos. Así que, si has tenido un año movidito, no todo son malas noticias.
- Deducciones autonómicas: Dependiendo de tu código postal, puedes tener alguna más de las deducciones que ves arriba.
En la página web de la Agencia Tributaria puedes ver todas las deducciones generales y autonómicas que puedes aplicar.
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