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Todo lo que necesitas saber antes de que termine la campaña de la renta

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15 de junio de 2022
09:16
  • Actualidad
Colaborador
Lectura: 4 min

Fechas importantes que quedan de la campaña de la renta

  • El día 27 de junio de 2022: finaliza el plazo para presentar la declaración por Internet si el resultado es a pagar con domiciliación en cuenta. 

Hay que tener en cuenta que, al domiciliar la cuenta, el primer pago se hace del 60% de la deuda y se efectúa en el momento de presentar la declaración el mismo 30 de junio. Y el segundo pago, será del 40% de la deuda restante y se realizará el 7 de noviembre.

  • El día 29 de junio de 2022: último día para solicitar cita previa para realizar la declaración por vía telefónica o de forma presencial.
  • El día 30 de junio finaliza el plazo para la presentación de la declaración en período voluntario ante la Agencia Tributaria. Por consiguiente, toda fecha posterior supondrá que la declaración estará presentada fuera de plazo.

Hay que tener en cuenta que Hacienda tiene 4 años para avisarnos por los errores cometidos en esta campaña

El periodo de revisión por parte de la Agencia Tributaria de los trámites fiscales por el impuesto a la renta de las personas físicas puede alargarse 4 años. Por ello, aunque se acabe la campaña de 2021, Hacienda tiene hasta 2026 para avisarte de los fallos cometidos en esta gestión. Si durante este tiempo los funcionarios del organismo público detectan que una persona debía haber presentado el IRPF y no la ha hecho se les enviará un requerimiento. Asimismo, se iniciará un procedimiento sancionador, que tendrá diferentes consecuencias dependiendo de si la gestión fiscal salió a pagar o a devolver.

Posibles sanciones de no presentar a tiempo

No hay quien no se asuste si mencionamos las palabras «Hacienda» y «sanción», ¿verdad?. Pues esto es lo que puede suceder como consecuencia de presentar una declaración fuera del plazo legalmente establecido. Todo dependerá de dos aspectos: si Hacienda lo requiere mediante notificación o si el contribuyente lo declara de forma voluntaria.

Si la declaración sale a pagar:

1. Si Hacienda todavía no ha requerido el pago y lo hace el contribuyente voluntariamente.

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Básicamente, el recargo será mayor cuanto más tiempo se tarde en presentar. 

Por ejemplo, si una persona envía motu proprio el IRPF fuera de plazo y sale a pagar, el recargo sobre el importe a ingresar dependerá del tiempo en que se ha tardado. De tal modo que, si se envía en el mes de Julio, se cargará un interés del 1%, en agosto del 2%… y así sucesivamente mes a mes, con lo que es importante dejarla hecha lo antes posible para que el interés no siga creciendo.

2. Si Hacienda ha emitido algún requerimiento

La infracción conlleva una sanción entre el 50 y el 150 % del total de la deuda, dependiendo de si se ha causado perjuicio económico a Hacienda o si se han cometido de forma repetida otras infracciones tributarias.

En estos casos es posible aplicar una reducción del 30% si se acepta la sanción impuesta (conocida como ‘reducción por conformidad’) o una reducción del 25% si se ingresa la sanción en el período voluntario de pago señalado en la notificación (llamada ‘reducción por pago’).

3. Si has presentado la renta en plazo, pero no tienes dinero para pagar en las fechas establecidas.

Es decir, que si llega el 30 de junio o el 7 de noviembre en el caso del segundo plazo y no hay dinero en la cuenta para pagarle a Hacienda, se cargarán los siguientes recargos:

a) un 5% sobre esa cantidad si lo ingresas en Hacienda antes de que requiera (que emitan una carta para que se pague).
b) un 10% sobre esa cantidad si Hacienda requiere, y se paga en el plazo que establezca.
c) un 20% sobre esa cantidad si Hacienda requiere, y no se efectúa el pago en el plazo que establezca. En este caso, se genera otra cantidad a pagar adicional llamada interés de demora, que es del 3,75% sobre la cantidad que no se ha pagado.

Si tu declaración sale a devolver:

– Si Hacienda todavía no ha requerido el pago y lo hace el contribuyente voluntariamente, se tendrá que abonar una multa de 100 euros.

– Si Hacienda ha emitido requerimiento, la multa asciende a 200 euros.

Aún quedan unos días para que la campaña de la declaración de la renta llegue a su fin, por lo que los contribuyentes españoles todavía están a tiempo para presentar este trámite anual y huir de cualquier posible sanción por parte de los organismos públicos. Si aún no has presentado tu declaración, te recomendamos hacerlo con TaxDown, el mejor aliado para que te salga a devolver, ya que aplicamos todas las deducciones autonómicas posibles.

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