Los antecedentes penales son aquellos documentos donde queda constancia de los actos delictivos de una persona, quedando guardados y archivados en un registro oficial y donde consta o no la comisión de un delito.
Es decir, los antecedentes penales son, en resumen, el historial de delitos cometidos por un individuo.
Estos antecedentes dejan constancia de la vida delictiva de las personas. Cuando un juez solicita informarse sobre estos antecedentes lo hace en previsión para aplicar agravantes como la reincidencia en los casos necesarios, además de impedir que la persona correspondiente pueda optar a alguna plaza o cargo público (donde se impide que se tengan antecedentes penales).
Los antecedentes se expiden en el certificado de antecedentes penales. Esta información sobre los actos delictivos de la persona también informa sobre si se ha cumplido ya la pena impuesta y cuál es el régimen de la misma: privación de libertad, libertad vigilada, etc.
En este punto, vale aclarar que puede que una persona tenga o no tenga antecedentes penales y por ello los certificados sirven para acreditar si el sujeto ha cometido alguna vez un delito o no lo ha hecho. Si nunca se ha cometido un delito, no hay antecedentes penales.
En cambio, si nos referimos al concepto de certificados de penales, estos no solo nacen con la comisión de un delito. Así, cuando una persona quiere demostrar que no ha cometido ningún acto delictivo, lo que acredita es un certificado de penales “en blanco”, es decir, sin registro alguno de infracciones. Y esto significa que no hay antecedentes penales.
Los antecedentes penales pueden cancelarse no quedando huella de la comisión de ese acto delictivo una vez ha pasado un tiempo marcado por la Ley.
Requisitos de los antecedentes penales
Los requisitos necesarios para que consten antecedentes penales son:
- Haber cometido un acto delictivo grave. No queda constancia de los delitos leves, es decir, con penas de privación de libertad inferior a un plazo determinado (normalmente dos años).
- Ser mayor de 18 años.
- Ser persona física o jurídica.
- Haber sido condenado por sentencia firme. No quedará constancia si una persona ha estado en un proceso judicial siendo absuelta finalmente o sin resolución.
- Para la cancelación de estos penales debe haberse cumplido tres supuestos: cumplir con la responsabilidad civil derivada del delito, que haya transcurrido el tiempo necesario establecido por la norma y la no reincidencia.
- Los plazos para la cancelación de los antecedentes penales varían en función de la gravedad del delito cometido.
Características de los antecedentes penales
Las principales características son:
- Estos antecedentes quedan registrados bajo la administración pública, aunque su consulta es privada. A pesar de esto, no significa que solo pueda saber sobre sus antecedentes paneles el propio afectado, sino que las autoridades policiales o judiciales pueden solicitarlo, en algunas legislaciones incluso algunas empresas pueden acceder a ellos. El hecho de que sean privados significa que no es una consulta pública como sí lo es la comprobación de un fallecimiento en el Registro civil.
- Estos antecedentes solo dejan constancia de delitos, es decir, infracciones del orden penal, no registran sentencias en contra del perjudicado en lo relacionado con la jurisdicción civil o laboral, aunque hayan tenido como resolución la imposición de una multa.
- Los Estados pueden pedirlos a terceros Estados para el caso de algún extranjero que se encuentre incurso en una causa en el país solicitante.
- Los antecedentes penales solo registran sentencias firmes, nada de autos de inadmisión o procedimientos pendientes de recursos.
- En el certificado contiene el delito cometido, la pena impuesta, el grado de cumplimiento, el juzgado que lo condenó y los datos de la persona.
- Tienen carácter temporal, persiguiendo así el fin último de las penas → La resocialización del autor de un delito.