La separación de bienes es un régimen económico adoptado por un matrimonio y su función es regular el patrimonio de los cónyuges y su administración mientras dure el matrimonio.
Este régimen económico puede empezar en el momento de la celebración del matrimonio o posteriormente a la hora de pactarse.
Junto al régimen de separación de bienes, existen dos regímenes más, el de gananciales y el de participación en las ganancias.
La separación de bienes no es el régimen económico que se aplique por defecto a las uniones matrimoniales en España. Es decir, que si los cónyuges no dicen que régimen quieren se les aplicará el de gananciales y no el de separación de bienes con la excepción de la comunidad de Cataluña.
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¿Cuándo se aplica el régimen de separación de bienes?
El régimen de separación de bienes de aplica en los siguientes casos:
- Cuando lo pacten así los cónyuges.
- Cuando los cónyuges hayan pactado que su matrimonio no se regirá por la sociedad de gananciales sin decir cual sería entonces su régimen patrimonial.
- Cuando así lo ordene un juez, esto es cuando se extinga la sociedad de gananciales o el régimen de participaciones y los cónyuges no dijesen nada sobre qué régimen patrimonial quieren.
Características
Las principales características de este régimen son:
- Cada uno de los cónyuges conserva los bienes que tenía antes de contraer matrimonio.
- Cada cónyuge se queda con sus ingresos y rentas ganados durante el matrimonio.
- Cada cónyuge administra sus bienes con libertad.
- Cada cónyuge responde de sus deudas particulares con su patrimonio.
- Los cónyuges tienen la obligación de contribuir a las cargas que tenga el matrimonio.
- Los cónyuges tienen responsabilidad por deudas que se hayan originado en la potestad doméstica. Por ejemplo, facturas de la luz, de agua, facturas de comidas, etc.
- Si no hay acuerdo de los cónyuges para ver de que manera contribuyen a las cargas ordinarias del matrimonio, se hará de manera proporcional a sus recursos económicos.
Este régimen se extinguirá cuando:
- Se disuelva el matrimonio.
- Se cambie el régimen económico por parte de los cónyuges.