Lo primero que quiero hacer constar es que en mis orígenes fui Inspector de Hacienda, cuerpo de la Administración al que pertenecí en activo durante nueve años y del que soy excedente desde hace más de treinta y seis años.
Desde hace meses se vienen leyendo en la prensa declaraciones de miembros del bufete AMSTERDAM, con domicilio en Londres, con un ataque permanente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) española y a sus funcionarios.
El objetivo del bufete es poner de manifiesto lo que consideran una actuación prepotente de la AEAT que, en su tesis, raya con la prevaricación en la manera de actuar de nuestra AEAT.
Para ello resaltan que los inspectores cobran un bonus por sus comprobaciones, aunque estas sean posteriormente anuladas en otras instancias, así como el enorme poder coercitivo de la Administración: embargos, recargos de apremio, paralización de la actividad, bloqueo de cuentas corrientes y de cobros de clientes, entre otras actuaciones, incluso cuando finalmente un tribunal resuelve contra ella sin que ello tenga consecuencias relevantes para la Administración.
Aunque mi vida profesional se ha desarrollado principalmente enfrentándome a la AEAT, hay afirmaciones que están muy lejos de la realidad.
La retribución de un Inspector, y también la de un Técnico, incluye efectivamente un incentivo de productividad. Este incentivo está cuantificado con carácter previo para todo el cuerpo de inspectores y se distribuye entre los mismos según un baremo que va de 0,7 a 1,3. De tal manera que lo que cobra uno de más se hace con cargo a otro que cobra de menos.
¿Dónde surge la paradoja? La anomalía de este procedimiento reside en la muy escasa objetividad. La valoración del trabajo del inspector no se basa exclusivamente en la recaudación, sino en la propia comprobación, los elementos o hechos imponibles descubiertos durante la misma, la complejidad del sector, la facturación, etc. Por tanto, que la comprobación sea anulada total o parcialmente por un tribunal no es un factor determinante a la hora de percibir el incentivo.
La cuestión es que una parte importante de los inspectores no tiene que ganarse el incentivo, sino que cobra un porcentaje fijo —el 100%, la media o incluso el 110%— por la responsabilidad del cargo que ocupa.
Estos cargos, los mejor retribuidos de la AEAT, son los que establecen los criterios que deben seguir los inspectores que tienen adscritos. Son también quienes suelen anular las actas de inspección al actuario si no se ajustan a dichos criterios y quienes, en la práctica, incumplen la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
La Ley General Tributaria establece que las resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) son de obligado cumplimiento por los funcionarios. Sin embargo, dicho tribunal —cuya imparcialidad ha sido cuestionada reiteradamente por la Unión Europea— solo admite la jurisprudencia del Tribunal Supremo cuando esta es continuada y siempre tras plazos de tiempo difícilmente justificables.
Por definición, el TEAC no admite la jurisprudencia del Supremo; más aún, suele reinterpretarla. Los funcionarios de la Inspección aceptan obedientemente la doctrina del Central, aun siendo conscientes de que ha sido rectificada por el Tribunal Supremo.
Esta obediencia al TEAC, que en la práctica supone un desoimiento de la doctrina del Supremo, es la que esos inspectores que no inspeccionan exigen a los inspectores actuarios que acaten. Lo mismo sucede con la Oficina Técnica, que también percibe un incentivo fijo y ratifica las actas de los inspectores con pleno conocimiento de los cambios de criterio, con la particularidad de que desde ese momento empiezan a correr los plazos para pagar o avalar la deuda liquidada.
Una dinámica similar se produce en las Oficinas de Gestión Tributaria, responsables de la tramitación de las denominadas “liquidaciones paralelas”.
Por esta vía, el sistema tributario español dicta resoluciones y liquidaciones con un poder ejecutivo que conlleva la adopción de medidas que deberían ser excepcionales: embargos, retenciones de cobros de clientes, derivaciones de responsabilidad a familiares, entre otras.
Según el Instituto de Estudios Económicos, más del 60% de las liquidaciones recurridas se estiman totalmente a favor del contribuyente.
Por su parte, los datos de los Tribunales Económico-Administrativos reflejan que en 2023 se interpusieron 239.177 reclamaciones. De estas, más del 40% fueron estimadas por los propios tribunales de la AEAT. Del 60% restante, una parte importante acude a los Tribunales Superiores de Justicia, donde la Administración pierde en un porcentaje superior al 40%.
En términos agregados, esto se traduce en que la AEAT pierde en torno al 60% de los procedimientos incoados contra los contribuyentes.
¿Qué significa esto? Significa que en este punto hay que dar la razón, al menos parcialmente, al bufete AMSTERDAM. Estos procedimientos van acompañados de la obligación de pagar o avalar las deudas liquidadas. Quien no puede hacerlo se enfrenta a un recargo del 20%, intereses de demora y embargos de cuentas corrientes, oficinas o viviendas durante un periodo medio de cuatro a cinco años.
Es de una gravedad extrema que el 60% de los procedimientos tributarios resulten finalmente nulos y que, mientras tanto, la Agencia disponga de la prerrogativa de destrozar la vida profesional, empresarial o personal del contribuyente mediante una maquinaria coercitiva diseñada para “triturar” al ciudadano, aun sabiendo que solo tiene razón en menos de la mitad de los casos.
Con estos antecedentes, que justifican en parte la actuación del bufete inglés, surge una pregunta evidente: ¿quién paga a ese bufete? Pensar que actúan gratis no resulta creíble. La mano que engrasa la maquinaria del bufete es desconocida, salvo que exista un interés específico en desenmascarar determinadas lagunas del sistema fiscal español, lo cual choca con la fuerte inversión realizada en anuncios en prensa internacional, que no son gratuitos.
Han optado por desprestigiar al cuerpo de inspectores imputándoles unos bonus vinculados a actas incoadas que no responden a la realidad, mientras ocultan que los criterios poco ajustados a la normativa son impuestos por quienes perciben un incentivo de productividad fijo.
Han acusado de una labor extorsionadora a los funcionarios de recaudación, que en parte es cierta, especialmente porque actúan sabiendo que más de la mitad de los procedimientos serán anulados en distintas instancias.
Para ello han publicado anuncios en Financial Times de elevado coste, sufragados por alguien cuyo interés último se desconoce.
Lo que resulta indiscutible es que la Administración tributaria española vive del abuso y la coacción al ciudadano, exigiéndole pagar por anticipado liquidaciones que en un 60% de los casos terminará perdiendo. Lo que no se suele decir es que, una vez perdida la reclamación, la Administración no devuelve el dinero indebidamente ingresado hasta una media de nueve meses después de la resolución o sentencia firme.
No son generalizables las imputaciones dirigidas contra los inspectores actuarios ni el supuesto cobro de un bonus vinculado a la recaudación. Donde sí existe un problema real es en los supervisores con incentivo fijo, que son quienes imponen criterios acomodaticios sometidos al implacable principio de la recaudación.
Por último, y este es un aspecto grave y poco alegado, las Oficinas Técnicas pierden el 60% de sus procedimientos; los Tribunales Económico-Administrativos, formados por funcionarios del Ministerio de Hacienda, estiman un 40% a favor de los contribuyentes y pierden otro 40% en los Tribunales Superiores de Justicia.
¿La culpa es de los inspectores o del Ministerio?
¿La culpa es de los inspectores o de quienes imponen criterios ordenados por sus superiores?
¿La culpa es de los Tribunales Económico-Administrativos cuyas resoluciones son revocadas en un 40%?
Pero hay una pregunta que sigue sin responderse: la coacción, la extorsión y la persecución al ciudadano, ¿es imputable a los funcionarios de la AEAT o a los responsables políticos? Porque de estos últimos nadie habla.
Mientras los políticos no respondan con su patrimonio por las normas nulas que han esquilmado al ciudadano, el bufete AMSTERDAM está errando el tiro.
Ricardo de Guindos
Fiscalista y ex Inspector de Hacienda
despachodeguindos.com


Deja una respuesta