Pareja de hecho
La pareja de hecho se trata de una institución familiar distinta del matrimonio, que consiste en la convivencia entre dos personas con intereses de establecer una convivencia familiar y una relación de afectividad.
La pareja de hecho es la unión de dos personas, en el caso de España, indistintamente del sexo, que tienen una relación estable de afectividad, pero no quieren contraer matrimonio y conviven en la misma vivienda, sin ser necesario que haya hijos en común.
En España la regulación de las parejas de hecho no es estatal, sino que se trata de una regulación autonómica, por lo que es una regulación muy dispar.
Requisitos para ser pareja de hecho
Para poder ser pareja de hecho debe darse:
- Las personas deben ser mayores de edad o emancipados y no estar incapacitados.
- Que no exista parentesco entre ellos.
- No estar casados.
- Acreditar un periodo de tiempo de convivencia, depende de cada comunidad autónoma ese tiempo.
- En algunas comunidades autónomas hay que registrare en un registro público.
Al igual que el matrimonio las parejas de hecho se regirán por un régimen de gananciales, separación de bienes o participación.
Derechos de la pareja de hecho
¿Qué derechos tiene la pareja de hecho?
- Las parejas de hecho tienen derecho a la pensión de viudedad siempre que se cumplan ciertos requisitos como, por ejemplo, haber vivido con la persona fallecida al menos durante 5 años ininterrumpidamente antes del fallecimiento.
- Las parejas de hecho tienen igual que el matrimonio la misma relación entre padres e hijo. La patria potestad es indiferente si los padres son pareja de hecho o cónyuges.
- Las parejas de hecho tienen derecho a establecer ante notario un régimen económico.
En cambio existen varias diferencias con el matrimonio:
- La pareja de hecho no tiene derecho a la herencia como heredero forzoso, si la pareja quiere heredar deberá establecerlo en testamento.
- Otra diferencia con el matrimonio se trata de que las parejas de hecho no pueden hacer una declaración de IRPF conjunta.