Provisiones financieras
Las provisiones financieras son aquellas reservas que realizan los bancos o entidades financieras a modo de resguardo ante el posible impago de una parte de su portafolio de clientes.
Es decir, este tipo de provisiones lo que hacen es reconocer una posible pérdida por la falta de recuperación de un porcentaje de los créditos otorgados por el banco.
Estas provisiones se suelen establecer, por parte del regulador, como un porcentaje de la cartera. Esta es la porción de la deuda por cobrar que se estima que probablemente no se pueda recuperar. Entonces, el banco se adelanta a reconocer la posible pérdida.
Ahora, debemos considerar que en cada país la legislación es distinta, por lo que algunas normativas serán más exigentes que otras, fijando un mayor porcentaje de provisiones.
Otro punto a tener en cuenta es que el negocio de intermediación financiera está sujeto a riesgo de crédito, es decir, de no recuperar el dinero prestado. Por lo tanto, es esperable que un porcentaje de la cartera de créditos se convierta en incobrable, y esto solo puede despertar preocupación cuando supera determinado porcentaje.
Provisiones que van incrementando
Otro asunto a considerar es que el porcentaje de provisiones que se exige va en aumento. Al menos, en la medida en que es menos probable recuperar la deuda. Esto es, cuando mayor tiempo de atraso o mora transcurra.
Debemos decir, entonces, que no todas las deudas tienen el mismo riesgo de crédito. Están aquellas categorizadas como de situación normal, por lo que se esperan cobrar, aunque quizás hayan transcurrido algunos días de retraso.
Si han pasado de 9 a 30 días de atraso, se podría pasar a calificar la deuda, por ejemplo, como «con problemas potenciales». Asimismo, si hay de 31 a 60 días de atraso, la deuda se puede considerar deficiente.
De igual modo, si los días de retraso son de entre 61 y 120, el riesgo es dudoso, mientras que si se superan los 120 días, ya se considera que la deuda está pérdida.
Cada una de estas categorías tendrá asignado, por parte del organismo regulador, un porcentaje de provisiones que irá incrementándose.
Por ejemplo:
Normal: 0,5% y -2% (mayor a 0,5% y menor a 2%).
Con problemas potenciales: >2% y <10% (mayor a 2% y menor a 10%).
Deficiente: >10% y <25%.
Dudoso: >25% y <40%.
Pérdida: >40%.
Ahora, dentro de la pérdida, al superar los 180 días de retraso puede exigirse un 50% de provisiones. Luego, si se sobrepasan los 270 días, se deberá provisionar el 75%. Finalmente, si se superan los 360 días de mora, el porcentaje de provisiones tendrá que ser del 100%.
Este es un caso ficticio, pero muestra cómo puede plantearse desde el organismo regulador la exigencia de provisiones a las entidades financieras.
Provisiones financieras en la contabilidad
Las provisiones financieras demandan que, en su contabilidad, la entidad de crédito reconozca una cuenta de provisiones dentro del balance general o balance de situación. Es decir, dentro de los activos, como una provisión por insolvencias y con signo negativo.
Como contraparte, estas reservas también se tendrían que registrar como un gasto en la cuenta de resultados. Esto, como un gasto o pérdida por el deterioro de los activos financieros.