Testamento
El testamento es un acto, o instrumento legal, mediante el cual una persona decide el destino de sus bienes y su patrimonio al momento de su fallecimiento.
El testamento es un acto unilateral, formal y solemne, donde una persona expresa su voluntad respecto a cómo se dispondrá de sus bienes tras su muerte. Para que el testamento sea válido, se deben cumplir con varios requisitos establecidos por ley. Estos buscan salvaguardar la libertad de quien deja testamento y la protección de algunos de sus familiares directos.
Objetivo del testamento
El testamento tiene como objetivo ser un mecanismo legal para hacer cumplir la última voluntad de una persona con respecto al uso de sus bienes o a actos de relevancia como el reconocimiento de un hijo.
Requisitos para dejar un testamento
Los requisitos básicos para dejar un testamento son:
- Ser mayor de 14 años
- No tener ninguna incapacidad intelectual (la ley fija el criterio para definir la incapacidad).
Beneficiarios del testamento
Con respecto a los beneficiarios, quien deja un testamento no es completamente libre para disponer de sus bienes. La ley (al menos en España) suele establecer que existen herederos forzosos, entre los que se encuentran el cónyuge y los hijos, que tienen derecho sobre una parte del patrimonio que deja el difunto.
Tipos de testamentos
Existen dos grandes tipos: comunes y especiales. Los primeros se subdividen en tres categorías: ológrafo, abierto y cerrado. Los segundos en tanto, se subdividen en militar, marítimo y extranjero.
Testamentos comunes:
- Ológrafo: Es el que se escribe por puño y letra del testador. Debe cumplir con las siguientes condiciones:
- El testador debe ser mayor de edad
- Será válido solo si es presentado ante el juez de primera instancia del domicilio del testador antes de que se cumplan 5 años desde su muerte.
- El juez debe determinar si el testamento es verdadero para lo cual puede citar a testigos.
- Abierto: Se otorga el documento ante un notario quien lo conservará hasta que ocurra la muerte del testatario.
- Se debe acudir al notario y expresar la voluntad oralmente.
- El notario redactará el documento final.
- Cerrado: Quien deja el testamento no revela su voluntad, sino que la escribe en un documento o pliego que entrega a un notario.
- Se debe entregar el documento en un sobre o envoltorio cerrado.
- El notario debe autorizarlo.
Testamentos especiales:
- Militar: Militares o personal al servicio del ejército lo hacen en caso de guerras.
- Marítimo: Se hacen en un viaje por mar.
- Extranjero: Se hace en el extranjero, pero solo es válido bajo las leyes del país en donde se escribe.