España es uno de los países con la jornada laboral más larga de Europa. A pesar de este dato, en muchas ocasiones realizamos más horas de las que tenemos fijadas en nuestro contrato, pero ¿cuántas podemos realizar de más? ¿Cómo deben pagárnoslas? ¿Estamos obligados a realizarlas o no?
Tranquilo, en esta guía te vamos a decir todo lo que debes saber sobre las diferencias entre hacer horas extraordinarias y horas complementarias. También vas a saber cuáles son tus derechos, para que no se te escape nada en tu nómina.
1. Conceptos básicos sobre la jornada de trabajo
Primero vamos a definir algunos conceptos básicos sobre la jornada de trabajo, para que así puedas entender cuándo hablamos de horas extra y cuándo de horas complementarias.
Jornada laboral ordinaria
El tiempo que dedicas a la ejecución de tu contrato de trabajo se denomina jornada laboral. La duración de la jornada laboral ordinaria viene fijada en los convenios colectivos, pero siempre está sujeta a los límites máximos legales. En España, son 40 horas semanales de promedio en cómputo anual, es decir, un total de 1.826 horas al año.
Distribución de la jornada laboral
La distribución de la jornada laboral, se establece de mutuo acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, pero siempre sujetos a lo que marca el convenio colectivo o, en su defecto, el Estatuto de los Trabajadores.
Normalmente, suele establecerse una jornada regular en la que se trabaja el mismo número de horas al día. Sin embargo, el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores nos indica que se permite distribuir de manera irregular el 10% de la jornada anual del trabajador (182 h/año). Siempre deben respetarse los descansos diarios y semanales y con un preaviso de al menos 5 días.
Esto quiere decir, que la empresa puede decidir distribuir tus horas de trabajo en función de las necesidades de producción y/o servicio.
Por ejemplo, en vez de hacer todos los días 8 horas, durante unas semanas trabajar 6 horas al día y durante otras 10 horas. Esto es posible siempre y cuando se respeten los límites anuales de 182 horas al año distribuidas como jornada irregular. Un ejemplo muy común es trabajar de lunes a jueves 8 horas y 30 minutos y los viernes, trabajar 6 horas.
Durante la jornada laboral, la ley indica que tienes derecho a unos descansos que desglosamos en esta guía.
2. Horas extraordinarias
El tiempo de trabajo que exceda la jornada máxima fijada por convenio, o en su defecto, la máxima legal por el Estatuto de los Trabajadores de 40 horas semanales, será considerado tiempo extraordinario de trabajo. Es decir, serán las comúnmente denominadas horas extra.
Tipos de horas extraordinarias
Horas extra comunes
Las realizadas para cubrir momentos de necesidad no previstos y que no se han podido prever.
Horas extra por fuerza mayor
Las hechas para reparar o prevenir siniestros o daños urgentes.
¿Las horas extraordinarias son voluntarias u obligatorias?
Las horas extra comunes son voluntarias, salvo que por convenio se hayan fijado unos límites por necesidades de la producción.
En el caso de las horas extra de fuerza mayor, son de obligado cumplimiento.
¿Cómo se remuneran las horas extra?
Las horas extraordinarias pueden pagarse o disfrutarse con descansos dentro de los 4 meses siguientes a su realización. En este caso, todas las horas que se hagan por encima de la jornada laboral que aparece en nuestro contrato y que se descansen en otro momento, no se consideran horas extra.
Sin embargo, la remuneración de las horas extraordinarias debe ser superior a las horas ordinarias, el precio viene fijado según el convenio y la categoría profesional de nuestro puesto de trabajo.
¿Cómo cotizan las horas extraordinarias?
Las horas extra presentan una cotización adicional a la Seguridad Social, en función de si son de fuerza mayor o comunes, se aplica un tipo u otro.
Es decir, en la nómina veremos, por un lado, la cotización a la Seguridad Social por horas ordinarias y por otro, las horas extra.
Empresa | Trabajador | Total | |
Horas extra Fuerza Mayor | 12% | 2% | 14% |
Horas extra Comunes | 23,60% | 4,70% | 28,30% |
Es importante destacar que en los periodos en que un trabajador está de baja por incapacidad temporal no se pueden cobrar ni cotizar por horas extraordinarias.
¿Cuántas horas extraordinarias cómo máximo puedes realizar?
El art. 35.4 del Estatuto de los Trabajadores establece que como máximo podrás realizar 80 horas extraordinarias durante el año, excepto las compensadas con descansos y las de fuerza mayor.
Esto quiere decir que se puede abonar un máximo de 80 horas extraordinarias al año, todas las horas extra que se hagan por encima, obligatoriamente deberán ser compensadas con descansos.
Para la realización de horas extraordinarias de fuerza mayor no existe un límite máximo legal.
¿Quién puede realizar horas extraordinarias?
Todos los trabajadores pueden realizar horas extraordinarias, menos aquellos que reúnan algunas de las siguientes características:
- Menores de 18 años.
- Trabajadores nocturnos, salvo algunas limitaciones excepcionales.
- Durante el periodo de permiso por nacimiento y cuidado del menor a tiempo parcial, salvo las de fuerza mayor.
- Los trabajadores con discapacidad que estén empleados en centros especiales de empleo, salvo las de fuerza mayor.
- Trabajadores con contrato para la formación y el aprendizaje y becarios.
El incumplimiento de estas limitaciones, así como de los máximos legales establecidos, supone sanción por la LISOS (Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social).
3.Horas complementarias
Cuando un trabajador presta sus servicios a tiempo parcial, pero realiza más horas de las que pone en su contrato de trabajo, no está realizando horas extra, sino que está realizando horas complementarias.
Las horas complementarias son las que se hacen entre el tope de horas escritas en su contrato de trabajo a tiempo parcial y la jornada laboral máxima (40 horas/semana en España).
Por ejemplo, un trabajador tiene un contrato a tiempo parcial de 30 horas a la semana y por circunstancias de la producción, acuerda realizar 5 horas más a la semana. En este caso, estas 5 horas serán consideradas horas complementarias.
¿Las horas complementarias son voluntarias u obligatorias?
Existen dos tipos de horas complementarias según sean voluntarias o no.
Horas complementarias voluntarias
El empresario puede ofrecer la posibilidad de realizar horas complementarias a aquellos trabajadores con contrato a tiempo parcial superior a 10 horas semanales.
Horas complementarias pactadas
El contrato de trabajo a tiempo parcial se firma un anexo con un número de horas complementarias que se pueden realizar. Su firma no implica la realización obligatoria, sino que si la empresa necesita de la realización de esas horas, el trabajador debe aceptar realizarlas.
Así, el artículo 12.5 del Estatuto de los Trabajadores establece que: «El empresario solo podrá exigir la realización de horas complementarias cuando así lo hubiera pactado expresamente con el trabajador. El pacto podrá acordarse en el momento de la celebración del contrato a tiempo parcial o con posterioridad al mismo y siempre se formalizará necesariamente por escrito».
¿Cómo se remuneran las horas complementarias?
Las horas complementarias deben tener una remuneración igual a la de una hora ordinaria.
¿Cómo cotizan a la Seguridad Social las horas complementarias?
Su pago entra dentro de la base de seguridad social mensual y cotizan como las horas ordinarias. Sin embargo, y esto es un apunte técnico en relación con los RRHH, en la presentación de los seguros sociales deben indicarse en un apartado diferente. Esto ocurre porque tiene especial impacto para contabilizar periodos de carencia y bases reguladoras en las prestaciones contributivas que se puedan dar en un futuro.
¿Cuántas horas complementarias como máximo puedo hacer?
El máximo de horas complementarias pactadas es el 30% de la jornada laboral durante todo el contrato, que por convenio colectivo se puede ampliar hasta un 60%.
En el caso de horas complementarias voluntarias, será un máximo del 15% ampliable al 30% por convenio colectivo.
Simplificando, la regla general que hay que seguir es que horas ordinarias + horas complementarias, no podrán exceder la jornada laboral completa (40h/semana).
Siguiendo el ejemplo anterior, en un contrato de 30 horas semanales, el máximo de horas complementarias que podría trabajar serán 9 horas a la semana (30% de la jornada laboral).
¿Quién puede realizar horas complementarias?
- Todos aquellos trabajadores a tiempo parcial con jornada laboral superior a 10 horas semanales.
- Debe respetarse las 12 horas de descanso entre el final y el inicio de una jornada.
- Los trabajadores nocturnos no podrán exceder las 8 horas diarias de promedio en un periodo de referencia de 15 días.
4. Resumen de las diferencias entre horas extraordinarias y horas complementarias
Para que sea más sencillo visualizar las diferencias entre horas extra y complementarias, aquí tienes un cuadro resumen del artículo:
Hora Extraordinaria | Hora Complementaria | |
---|---|---|
Sujetos | Contratos a jornada completa | Contratos a jornada parcial |
Tipos | Comunes y de fuerza mayor | Voluntarias y pactadas |
Voluntarias | Comunes | Voluntarias |
Obligatorias | Fuerza mayor | Pactadas |
Remuneración | Descansos o precio superior a hora ordinaria | Igual que la hora ordinaria |
Cotización | Adicional | Igual que la hora ordinaria |
Máximo | 80 horas anuales | 30% de la jornada pactada, ampliable por convenio hasta 60% |
Existen límites | Si | Si |
Deben registrarse | Si | Si |