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España: Hacienda vigila las bodas

Boda
23 de mayo de 2019
15:22
  • Actualidad
David López Cabia
Lectura: 3 min

Existe preocupación por el creciente interés de Hacienda relacionado con los regalos de bodas y los servicios nupciales. ¿Hasta qué punto puede indagar la Agencia Tributaria sobre los regalos recibidos y el coste de los servicios de bodas?

Son cada vez más las parejas que se preguntan por las consecuencias fiscales de sus bodas. ¿Deberán pagar impuestos? ¿Puede presentarse cualquier día un inspector de Hacienda a la puerta de su casa?

Bien es cierto que organizar una boda conlleva tiempo y dinero. No cabe duda de que los servicios asociados con las bodas suponen una parte nada desdeñable del PIB español. Prueba de ello es que en 2015 quedó cifrado en 2.748,7 millones de euros, lo que representaba el 0,26% del PIB. Aunque parezca una cifra relativamente pequeña, recordemos que estamos hablando de bodas, algo muy específico.

De ahí que la atención de Hacienda comience a recaer sobre las bodas. No obstante, no se trata de poner el foco sobre los novios, sino sobre las empresas que ofrecen servicios nupciales. Esto se debe a que se dan situaciones en las que ciertas empresas ofrecen a los novios una facturación inferior a la normal, pagando el resto del importe por unos cauces que no son legales.

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Conservar las facturas

Suele ser recomendable que las parejas guarden las facturas de los servicios contratados al menos durante un periodo de cuatro años. Por otra parte, existe la obligación legal de declarar todos los regalos recibidos, aunque lo más frecuente es que los novios no declaren estos regalos. Y es que, el impuesto de donaciones establece la obligación de declarar los regalos de boda. Para ello, sería necesario rellenar los impresos correspondientes al impuesto de donaciones, cosa que sería un asunto francamente tedioso para las parejas.

Pese a que Hacienda está más centrada en el control de las empresas del sector de las bodas, las parejas continúan preocupadas. En este sentido sí que sería posible que un inspector se personase en el domicilio de los novios, cosa que ocurre en muy pocos casos. Lo que sí que es más posible que ocurra es que Hacienda envíe por correo un requerimiento con el objetivo de obtener información. De ahí que sea conveniente guardar las facturas de la boda durante cuatro años, pues en caso de no contestar al requerimiento, Hacienda puede imponer sanciones económicas.

Impuestos, multas y límites en efectivo

Los problemas con el fisco podrían tener lugar si Hacienda descubre importantes pagos en efectivo. Ya en 2012 la ley establecía un tope máximo a los pagos de dinero en efectivo fijado en 2.500 euros. Así, por aquellos pagos en efectivo que superen los 2.500 euros, los novios deberán abonar una multa del 25% de la cantidad excedida. Imaginemos que hay un pago en efectivo de 10.000 euros. Pues bien, el exceso sobre el límite máximo es de 7.500 euros. Calculando el 25% de 7.500 obtenemos que el importe de la multa será de 1.875 euros.

Ya en 2012 la ley establecía un tope máximo a los pagos de dinero en efectivo fijado en 2.500 euros.

No obstante, las cantidades en efectivo que se manejan suelen ser inferiores a ese tope de 2.500 euros, por lo que es habitual que no se declare a través del impuesto de donaciones. Pero lo que sí que puede atraer a Hacienda son las cantidades excesivas. En estos casos, las entidades bancarias tienen la obligación de poner en conocimiento de la Agencia Tributaria todas aquellas cantidades que sobrepasen los 3.000 euros, así como cualquier ingreso llevado a cabo en billetes de 500 euros.

Lo que sí deben tener presente los novios es que, si van a declarar, deben informar a Hacienda de las cantidades percibidas y de los bienes recibidos. La cuestión es que la fiscalidad es muy variable dependiendo de la comunidad autónoma en la que residan. Por ello, la cantidad a pagar varía entre el 7,65% y el 34%.

En conclusión, es altamente recomendable conservar las facturas de los servicios contratados durante la boda, conocer qué cantidades están exentas de ser declaradas y en caso de recibir un requerimiento de Hacienda, responder en el plazo de tiempo marcado por la Agencia Tributaria. También puede ser de gran ayuda para las parejas contar con los servicios de un abogado y de un asesor fiscal.

  • Actualidad
David López Cabia
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Asesoría Valencia
Asesoría Valencia
15 de julio de 2019 17:16

Los contrayentes deben guardar las facturas de su boda hasta 4 años después del enlace por si son demandados por Hacienda.

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