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Nuevo contrato para autónomos y plataformas digitales

Trabajo Al Aire Libre Felxibilidad Laboral
3 de agosto de 2017
11:58
  • Diccionario económico
Janire Carazo Alcalde
Lectura: 4 min

La nueva economía digital también está cambiando el panorama laboral. La economía colaborativa y las plataformas digitales, precisan de personas que realizan ciertos trabajos a cambio de un pago pero que no están bajo la figura de autónomos, ni como asalariados. Se les suele asociar a la figura del “falso autónomo”.

“El 4% de la población española en edad laboral ya ha utilizado alguna plataforma digital para generar ingresos. Esta cifra asciende a cifras del 15% en EEUU y la UE”. Informe “Trabajo en Plataformas Digitales” por Adigital (Asociación de la Economía Digital).

El marco normativo de un autónomo en España, tal y como está configurado, presenta numerosas barreras de acceso, trámites burocráticos excesivos y costes demasiado elevados. Por estos motivos, en muchas ocasiones no compensa darse de alta como autónomos si vamos a realizar una actividad esporádica o de una retribución muy baja. Con el nuevo escenario de la economía digital, se hace necesario introducir adaptaciones o una nueva figura de autónomo como reclama la Asociación de Economía Digital (Adigital).

Ejemplos de economía colaborativa como los repartidores de Deliveroo, conductores de Uber, arrendadores de Airbnb, escritores colaboradores en blogs o vendedores de productos en Wallapop, son algunos de las actividades que entrarían dentro de esta nueva normativa.

Es necesario dotar a estas relaciones entre trabajadores/colaboradores y plataformas digitales de regularización. Existe inseguridad jurídica entre las plataformas que están sometidas a inspecciones de la Seguridad Social pero donde a su vez, existe un vacío legal para contemplar esta figura de este autónomo/colaborador a tiempo parcial. Existe sobre la mesa de las instituciones pertinentes la reforma del Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos (RETA) para adaptarla a esta nueva economía digital laboral.

“Hay que dejar de hablar de empleo y empezar a hablar de trabajo. Construir sistemas de protección social de derechos centrados en el individuo”. Celia Ferrero, vicepresidenta de la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA)

Recomendaciones del nuevo contrato entre autónomos y plataformas digitales

Según el informe de Adigital, se reclama introducir recomendaciones en la normativa contractual como:

  • Adaptar las cuotas como autónomos a los ingresos que se generen. Es decir, que el pago de cuotas, IVA e IRPF no sean excesivos y compense darse de alta para regularizar su situación. Por ejemplo, que se vaya cotizando proporcionalmente según los ingresos que se vayan generando, manteniendo unos límites prudentes que permitan al trabajador obtener beneficios y a la vez, cumplir con la normativa fiscal sin que suponga una carga excesiva o inasumible.
  • Reducir y agilizar los trámites burocráticos que precisa la figura del autónomo. Es decir, que se digitalicen muchos de los procesos con el fin de que no se conviertan en una barrera para que el trabajador/colaborador se convierta en autónomo.
  • Definir qué servicios se pueden prestar, tiempos, precios por hora o por resultados, plataformas en las que se puede operar, régimen de exclusividad o no, volumen mínimo de trabajo, seguros de accidentes… Es decir, abordar este tipo de cuestiones y tratar de establecer un marco normativo que se ajuste a lo que está sucediendo en la nueva economía digital.
  • Promover sistemas de colaboración entre organismos públicos y plataformas para facilitar procesos de recaudación tributaria y de gestión de cotizaciones, facilitando procesos administrativos más eficientes. Además, deberán habilitar plataformas informativas para proveedores y empresas donde puedan consultar su situación, forma de cotizar, trámites etc
  • Con el alta en el sistema de cotizaciones de un autónomo/colaborador, también se le está dotando de ciertas prestaciones sociales, así como, de un sistema de protección y reducción del riesgo de precariedad o malas relaciones con las empresas/plataformas digitales. Las plataformas digitales no pueden asegurar unos ingresos mínimos a los colaboradores, ni seguros sociales, vacaciones etc. A su vez, los colaboradores tienen flexibilidad de horarios para desempeñar sus actividades cuando ellos quieran, no tienen exclusividad con una plataforma y cuenta con material propio. Es decir, hay que plantear un modelo mixto donde se pueda compaginar la figura del autónomo y de trabajador que se ajuste a estos trabajos esporádicos.

La cuestión está en cómo abordar el tema, ya que existen multitud de casos diferentes y plataformas distintas; Es decir, si modificar los contratos como autónomos elaborando una normativa global para todas las plataformas digitales y luego ir añadiendo peculiaridades de cada una o modificar el Estatuto de los Trabajadores y adaptarlo a la nueva realidad digital, con nuevas situaciones y relaciones laborales que pueden surgir o establecer una nueva figura híbrida que incluya normativa de un trabajador y de un autónomo.

Otras consecuencias

Algunas de las consecuencias de un cambio en la normativa del autónomo en la nueva economía digital que se producirían son:

  • Habrá más competitividad entre plataformas y las dotará de mayor seguridad, así como, mejores condiciones para los usuarios
  • Si se modifica la normativa del autónomo, dotándolo de mayor flexibilidad y adaptación a sus ingresos, será una manera de que aflore parte de la economía sumergida, otro de los problemas de la economía actual.

En definitiva, entramos en cambios estructurales complejos y que necesitará de varias pruebas piloto y muchas negociaciones para llegar a un acuerdo. Desde luego, la reflexión por parte de Adigital en este informe, es un punto de partida. Y desde luego, no es un problema que afecte a una sola región, sino que la economía colaborativa es global y la legislación también debe tener en cuenta este factor.

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Janire Carazo Alcalde
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