Abrogación

La abrogación es la anulación total de una ley escrita mediante un acto expreso y formal donde se indique que queda sin efecto dicha ley anulada.  

La abrogación deja sin valor la totalidad de una norma jurídica, es un acto que no anula partes de una ley, sino que solamente se utiliza para anular la totalidad de la norma.

Aunque una característica de la abrogación es la necesidad de un acto solmene que anule la ley, hay una opción de abrogación tácita, es decir, sin este acto solemne.

Tipos de abrogación

En cuanto a las clases, nos podemos encontrar con dos tipos principales de abrogación:

  • La abrogación tácita es aquella que se da cuando la ley es incompatible totalmente con un nuevo sistema jurídico posterior y debe quedar anulada por completo.
  • La abrogación expresa es la más habitual y es la realizada por un acto formal, anulando la ley por completo. Así es algo habitual en Estados Unidos donde la corte puede abrogar una ley emitida por el congreso cuando esta sea contraria a la constitución. Estas mismas facultades se pueden observar en países como España, Cuba y México.

La abrogación anula el total de una ley, lo que significa que invalida ese cuerpo normativo. Es decir, no es que deje de tener vigencia, sino que es nulo.

No solamente anula por completo una ley, sino cualquier otro cuerpo normativo, reglamento, decreto-ley, un precepto o un código completo.

Hay otra figura que podría llevar a confusión con la abrogación y se trata de la derogación. De hecho, ya en derecho romano aparecían estos dos conceptos diferenciados. Vamos a analizar las diferencias.

Diferencias entre abrogación y derogación

Las principales diferencias entre abrogación y derogación se pueden ver resumidas en la siguiente tabla:

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Elena Trujillo , 09 de marzo, 2020
Abrogación. Economipedia.com