Acuerdo de pago
Un acuerdo de pago o convenio de pago es un documento mediante el cual acreedor y deudor llegan a un acuerdo para saldar una deuda.
Los convenios de pago son habituales en aquellos casos en los que la persona que debe dinero (deudor) ha incumplido o ha impagado montos de dinero a la persona que reclama el dinero (acreedor).
La razón de ser del convenio de pago es establecer nuevas condiciones que faciliten el pago al deudor. Así pues, a priori, es beneficioso para el deudor ya que se enfrenta a mejores condiciones. Sin embargo, también es beneficioso para el acreedor. Ya que, si bien es cierto que el acreedor debe ceder en algunas cláusulas, dada la situación financiera del deudor, será más probable que recupere su dinero tras la firma del acuerdo. En consecuencia, puede que algunas condiciones del contrato original desaparezcan para dar cabida a otras nuevas que recoge el convenio de pago.
Siempre y cuando las partes lo firmen y, por tanto, estén conformes el documento correspondiente al acuerdo de pago tiene plena efectividad legal.
Características del acuerdo de pago
Un acuerdo de pago debe tener unas partes imprescindibles. Dado que ambas partes están interesadas en el acuerdo, es de vital importancia que el documento esté redactado según la normativa para que tenga plena efectividad legal. Los elementos imprescindibles de un acuerdo de pago son:
- Datos del acreedor y del deudor: El nombre y los apellidos, así como el documento nacional de identidad deben estar presentes en los documentos.
- Cláusulas: Deben establecerse las cláusulas o declaraciones que modifican o cumplimentan al acuerdo original. Entre ellas deben encontrarse:
- Monto de la deuda: El deudor debe reconocer el tamaño de la deuda. Este monto podría ser, en ocasiones, menor que lo que realmente debe. Todo, con el objetivo de que el acreedor pueda recuperar el máximo dinero posible.
- Plan de pagos: Tiempo, forma y cantidad en la que se realizará el pago a partir de dicho momento.
- Adicionales: Podrían añadirse cláusulas como la eliminación de los intereses moratorios si, a partir de dicha firma, el deudor satisface todas sus cuotas según lo acordado. También
- Firmas: Tanto el acreedor como el deudor deben firmar para manifestar que están conformes con el acuerdo de pago. En caso de que alguna de las partes no lo haga, el contrato será nulo ya que no existe consentimiento entre las partes.
Podrían requerirse testigo que den fé de que efectivamente el contrato se ha firmado y ambas partes están conformes.
Modelo
A continuación, a modo de ejemplo, vamos a desarrollar un modelo de acuerdo de pago. Aunque este modelo recoge todo lo imprescindible para que el contrato pueda llegar a ser efectivo, somos conscientes de que cada caso es diferente y único. Por ello, es conveniente que cada cual añada las cláusulas que se adapten a su situación y, además, que consulte a un abogado que le confirme que todas las cláusulas están redactadas correctamente.
De una parte Doña Francisca García López, con DNI XXXXXXX y en calidad de prestamista, en lo que sigue Acreedor, y Don Manuel Rodríguez Caser, con DNI YYYYYYY en calidad de prestatario, en lo que sigue Deudor, mediante el presente documento, en adelante Acuerdo, suscriben las siguientes cláusulas que modifican el contrato original de deuda entre las partes:
Primera: El Deudor reconoce que la deuda total que debe al Acreedor asciende a los 3.000 dólares americanos.
Segunda. El Deudor admite haber incumplido su obligación y de pago. Consecuentemente, y con el objetivo de que el Deudor pueda satisfacer su deuda al Acreedor, se establece el siguiente plan de pagos:
- El pago de 30 cuotas de 100 dólares americanos, a razón de una por mes natural, contando a partir del mes siguiente al momento en que se firme este Acuerdo.
- La forma en que ha de realizarse el pago será por transferencia bancaria al número de cuenta BBBBBB cuyo titular es el Acreedor.
- El pago de cada cuota, en la forma indicada deberá realizarse en los primeros cinco días laborales del mes correspondiente.
Tercera: A partir del momento en que se firme este Acuerdo, se eliminarán todos y cada uno de los intereses moratorios acumulados hasta la fecha por el Deudor. Quedando, por tanto, la cuantía de la deuda en el monto fijado en la cláusula primera.
Cuarta: Si el Deudor, a partir de la fecha en que se firme el Acuerdo, volviera a incumplir sus obligaciones de pago, los intereses moratorios comenzarán a acumularse de nuevo partiendo desde cero.
Ambas partes está conformes y, mediante su firma, declarán su consentimiento en el día X del mes XX del año 20XX.
Doña Francisca García López con DNI XXXXXXX, Acreedor
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Don Manuel Rodríguez Caser con DNI YYYYYYY. Deudor
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