Derecho privado

El derecho privado es el conjunto de normas que regula las relaciones entre personas físicas o jurídicas de carácter privado.

La diferencia dentro del ordenamiento jurídico de normas de derecho privado y derecho público fue establecida en derecho romano. El derecho privado hacía referencia a las relaciones privadas entre varias partes, como, por ejemplo, un contrato de compraventa.

La diferencia entre las normas de derecho público y privado fue establecida por primera vez por el jurista romano Ulpiano.

La diferencia permanece en el estudio de las normas jurídicas que rigen un Estado, por una parte, las normas que organizan, fiscalizan y regulan los organismos públicos y, por otra, las normas que regulan las relaciones entre particulares privados.

Características del derecho privado

Las principales características del derecho privado son:

  • Son normas que afectan a la esfera privada de las personas.
  • Prevalece la autonomía de la voluntad. Es decir, existe libertad de pacto entre las partes, aunque con el límite de no realizar lo prohibido por ley (un contrato en el que se pacta el asesinato de una persona).
  • No es un derecho donde prevalezcan normas imperativas.
  • Las normas de derecho privado se basan en la igualdad de las partes. En derecho público la administración está en una posición de poder respecto al particular.
  • El derecho civil es la manifestación más amplia del derecho privado.
  • Las normas del derecho privado tienen como destinatario a los ciudadanos y no a los poderes públicos.
  • Los poderes públicos pueden verse afectados por la regulación del derecho privado cuando actúan como persona privada.
  • No persigue el interés general sino el interés de los individuos particulares.

Tipos de derecho privado

Los derechos modernos que constituyen al derecho privado son:

  • Derecho civil.
  • Legislación mercantil.
  • Derecho laboral.

Estos derechos contienen normas que regulan las relaciones privadas como:

Principios del derecho privado

El derecho privado se basa en dos principios fundamentales:

  • Autonomía de la voluntad: Significa la capacidad que tienen las partes de regir sus relaciones en la esfera privada sin necesidad de normas imperativas prohibitivas. Por ejemplo, en un contrato de compraventa entre dos personas privadas pueden estipular el precio que ellos pacten, al igual que la forma de pago. Los individuos rigen sus propios intereses siempre que no se trate de un asunto contrario a la ley imperativa o de contenido imposible.
  • Igualdad de las partes: Los sujetos privados parten de una situación de igualdad donde ninguno de ellos tiene la supremacía, ambos están sometidos al mismo marco jurídico.

Diferencia entre derecho público y privado

Aquí se puede observar la diferencia entre derecho público y privado:

Diferencia Entre Derecho Público Y Derecho Privado

¿Quieres referenciar este artículo?

Elena Trujillo , 02 de octubre, 2020
Derecho privado. Economipedia.com