Filial

Se denomina filial a aquella empresa que está controlada por otra. Por esa razón, se le incluye dentro de la categoría de sociedad de responsabilidad limitada (SRL). Asimismo, a la firma que lleva el timón económico se le llama compañía matriz.

La dirección o control se lleva a cabo a través del paquete accionarial que posee la matriz. Es decir, las acciones de ésta le dan los votos necesarios para determinar la composición del órgano de administración de la filial y así poder ejercer el control.

Esta estrategia da lugar a la idea comúnmente asumida de que al lograr el 50% más uno del accionarado es suficiente para crear una filial. Sin embargo, existen otras variantes donde el control empresarial puede ocurrir aplicando dinámicas de negocio bastante más complejas.

En definitiva, la empresa filial depende de la matriz. No obstante, esta relación puede variar de grado. Así, el vínculo entre ambas sociedades -la filial y la matriz- puede llegar hasta el control absoluto, donde la filial se limita a anotar las decisiones y operaciones que se disponen en la matriz (una situación también definida en inglés como wholly owned – plena propiedad).

Sin embargo, en otros casos, la unión corporativa entre dicha filial y matriz puede caracterizarse por una gestión completamente independiente en la que la filial es autónoma y solo informa a la matriz de sus resultados y, eventualmente, de los dividendos o beneficios que se reparten entre los accionistas.

Regulación de las filiales

Las filiales son entidades bien diferenciadas en cuanto a condiciones legales, fiscales y de regulación. Por esta razón, difieren de las divisiones, las cuales son negocios totalmente integrados dentro de la compañía principal.

Con todo, la filial en un país de una empresa extranjera debe seguir para su creación los mismos trámites que cualquier firma local, más algunos trámites adicionales previos por tratarse de una inversión procedente de una entidad extranjera.

De este modo, la sociedad extranjera deberá adoptar, a través del órgano de administración reconocido por la legislación del país de origen, el correspondiente acuerdo de creación de la filial.

Por ejemplo, si la firma está ingresando a España, debe solicitar al consulado español correspondiente un certificado en que se ponga de manifiesto que la sociedad matriz está constituida conforme a las leyes de su país y que desarrolla su actividad empresarial de forma legal.

Fiscalidad de una filial

En materia de fiscalidad, una filial se rige por las leyes del país donde reside. Así, en este ámbito, las filiales que operan en España están sometidas al impuesto sobre sociedades, con los beneficios propios para empresas pequeñas.

Ahora bien, cuando la filial reparta dividendos a los socios, que serán sociedades extranjeras, se tratará de dividendos obtenidos por sociedades no residentes. Entonces, estas transferencias deberán pagar impuestos con carácter general vía retención.

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Susana Gil , 22 de abril, 2015
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