Impuesto del timbre

El impuesto del timbre es un impuesto documental. Es decir, el cargo recae sobre un documento público o privado, que debe abonar el/los interesado/os. En otras palabras, es un impuesto a pagar por todas aquellas personas que quieran constituir, dejar constancia, modificar o extinguir sus obligaciones, de forma total o parcial, en un documento.

El impuesto del timbre es, como decíamos al inicio, un impuesto documental. Esto quiere decir que el impuesto recae sobre la emisión, o modificación de un documento. Este impuesto, por tanto, recoge un cargo sobre actividades basadas en la constitución, en dejar constancia, en modificar o extinguir las obligaciones de un interesado, expresadas y recogidas todas ellas en un documento.

Así pues, el impuesto del timbre es uno de los impuestos más antiguos que se conocen. Pues su origen se remonta a la época colonial, cuando España conquistó diversos territorios de Latinoamérica. De esta forma, el Gobierno se encargaba de tener constancia de los documentos y los contratos que se celebraban, pues solo el Gobierno poseía el sello que garantizaba que dicho documento había pagado las tasas correspondientes para que este fuese válido.

De esta forma, el impuesto ha seguido presente con el paso de los años, y hoy recae sobre una serie de documentos que, todavía, requieren el sello correspondiente que garantiza su veracidad. Del mismo modo, garantiza que se han cumplido todos los requerimientos que establece la legislación vigente.

Características del impuesto del timbre

Antes de detallar las principales características del impuesto del timbre, debemos resaltar los elementos esenciales para que pueda darse la existencia de este impuesto:

  • La existencia o emisión de un documento público o privado.
  • El documento debe presentar la obligación.
  • Un territorio en el que se celebra el documento.
  • La cuantía establecida.
  • Las partes que intervienen en el documento.
  • El notario o la persona que se encarga de validar lo ocurrido.

Por otro lado, las principales características, como decíamos, son las siguientes:

  • Es un impuesto.
  • Recae sobre una serie de documentos.
  • El documento puede ser público o privado.
  • Debe abonarse por una serie de acciones que tienen que ver con la emisión o modificación de un documento.
  • El documento debe especificar que debe abonarse el impuesto.
  • Habitualmente, un notario certifica el pago de este impuesto.
  • Es de los impuestos más antiguos que existen.

¿Quién debe pagar el impuesto al timbre?

Como ocurre con todos los impuestos, el impuesto al timbre presenta un sujeto pasivo, que es el que debe abonar el coste, y un sujeto activo, que recauda el dinero que el pasivo abona.

En este impuesto, el sujeto activo es el Estado, que recauda el dinero que proceda de este impuesto.

Por otro lado, el sujeto pasivo es la persona, o aquellos ciudadanos que deben abonar el coste de este impuesto, una vez realizada alguna acción gravada por este.

A su vez, como sujeto pasivo también tendríamos al recaudador, que debe cobrar el impuesto y, posteriormente, abonarlo al Estado.

Documentos que grava el impuesto del timbre

Entre los documentos que grava este tipo de impuesto, debemos destacar los siguientes:

  • Autenticaciones.
  • Certificaciones, académicas o no, expedidas en el exterior.
  • Documentos de identidad o pasaportes expedidos en el exterior.
  • Reconocimiento de firmas.
  • Escrituras públicas y traspaso de activos.
  • Documentos compulsados.
  • Pagarés.
  • Cheques.
  • Bonos.

Coste del impuesto del timbre

El coste del impuesto del timbre varía en función del país al que hagamos referencia. Dependiendo de su legislación, este impuesto presentará un mayor o menor recargo para el contribuyente.

No obstante, en países como Colombia, el impuesto del timbre grava un 10% para todos los documentos, así como valores, que grave este impuesto. No obstante, la ley está en proceso de cambio.

¿Quien recauda el impuesto del timbre?

Entre los agentes que recaudan este impuesto, destacan los siguientes perfiles:

  • Notario.
  • Agentes diplomáticos.
  • Oficinas consulares o embajadas.
  • Entidades públicas.
  • Funcionarios.
  • Empresas que emitan documentos oficiales.
  • Bancos.

Ejemplo de impuesto del timbre

Para poner un ejemplo de una situación en la que debe abonarse este impuesto, imaginemos que estamos adquiriendo una casa, y el vendedor debe traspasarnos el activo.

Este traspaso lleva asociado un coste, que deben abonar los interesados al Estado para que esta compra se efectúe legalmente.

Otro claro ejemplo lo encontramos en documentos como el pasaporte. Un pasaporte que, con su emisión, nos genera un coste que debemos abonar al Estado por la emisión de este documento.

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Francisco Coll Morales , 20 de marzo, 2021
Impuesto del timbre. Economipedia.com