Indemnización por cancelación de vuelo

La indemnización por cancelación de vuelo es el derecho que tiene una persona a recibir una cantidad de dinero por el incumplimiento en la realización de un vuelo que se ha contratado.

Esta indemnización tiene su causa por la no realización de un vuelo. El consumidor compra un boleto aéreo con la legítima esperanza de que el servicio se cumpla según las condiciones de la oferta.

En el caso de que no se cumpla con el servicio de vuelo tal y como lo contrató el cliente, por causa imputable a la aerolínea, se generará el derecho a la indemnización al usuario. Este importe puede realizarse en metálico, transferencia, cheque o incluso un bono de viaje. El bono de viaje solo podrá ser una forma de indemnización si lo acepta el viajero.

Derechos del cliente

Los derechos que tiene el cliente cuando sufre un retraso del vuelo son los siguientes:

  1. Información: mientras dure el retraso, debe informarse de forma continuada a los viajeros.
  2. Atención: dependiendo de cuánto tiempo sea el retraso de vuelo, se debe atender al viajero de estas formas:
    • Comida y bebida.
    • Alojamiento.
    • Transporte entre alojamiento y aeropuerto.
    • Llamada telefónica.
  3. Reembolso/compensación: este derecho es la indemnización propiamente dicha. Los viajeros tienen derecho a que la compañía les ofrezca estas opciones:
    • Reembolso del coste del billete. Debe realizarlo máximo a los 7 días después de no haber realizado el servicio de vuelo.
    • Si además se trataba de un vuelo de conexión, tendrá derecho a un vuelo de vuelta al punto de partida.
    • Transporte alternativo al destino final lo más rápidamente posible y en condiciones de transporte comparables.
    • Transporte alternativo en una fecha posterior que convenga al pasajero.
    • En caso de que el viajero no acepte alguna de estas opciones puede comprar un billete por su cuenta y exigir la indemnización correspondiente al coste de este nuevo billete a la aerolínea.
    • Aparte, el viajero tiene derecho a una indemnización económica dependiendo de la distancia que recorría el vuelo cancelado. Varía de entre 250€ y 600 €

Estos derechos son establecidos en un reglamente que funciona solo para vuelos que salen de la Unión Europea, Islandia, Noruega y Suiza. También los que salen de un tercer país con destino la Unión Europea, Islandia, Noruega y Suiza, siempre y cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea.

¿Cuándo no tiene derecho a indemnización por cancelación de vuelo el pasajero?

Solo responderán las aerolíneas en caso de cuestiones imputables a las mismas. En caso de causas extraordinarias, no nacerá el derecho a la indemnización. El reglamento que regula estas situaciones estipula las siguientes causas extraordinarias:

  • Inestabilidad política en el país de origen/destino.
  • Condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo.
  • Riesgos para la seguridad.
  • Deficiencias inesperadas en la seguridad del vuelo.
  • Huelgas que afecten a las operaciones de un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo.

Tampoco tendrá derecho el viajero a indemnización por cancelación de vuelo en los siguientes casos:

  • La aerolínea le ha informado de la cancelación 14 días antes del vuelo.
  • La aerolínea le ha informado de la cancelación entre dos semanas y 7 días antes del vuelo y le ha ofrecido un transporte alternativo que sale con un máximo de dos horas de antelación y llega al destino final con menos de cuatro horas de retraso en comparación con el vuelo original.
  • Tampoco tendrá el viajero derecho a indemnización si la aerolínea informa de la cancelación con menos de 7 días de antelación, pero ha ofrecido un transporte alternativo que sale con máximo de una hora de antelación y llega al destino final con un máximo de dos horas de retraso en comparación con el vuelo original.

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Elena Trujillo , 29 de abril, 2022
Indemnización por cancelación de vuelo. Economipedia.com