Nuda propiedad

La nuda propiedad es el derecho de una persona a ser el dueño de una cosa. El nudo propietario tiene el dominio sobre la cosa, pero no el uso y disfrute o usufructo.

Hablamos de nuda propiedad porque ésta, esta desnuda, es decir, se está en posesión de un bien, pero no se puede utilizar ni disfutar. Por tanto, en la nuda propiead no hay derecho de usufructo.

Hay que subrayar la diferencia entre nuda propiedad y usufructo, puesto que son derechos distintos. Tener la propiedad de una cosa no quiere decir que se pueda disfrutar de ella. El nudo propietario será el titular del bien, pero no podrá gozar de él, ni tampoco explotarlo para obtener beneficios económicos. Por otra parte, los derechos de goce y explotación económica del bien le corresponderán al usufructuario.

Un ejemplo que nos ayude a comprender la diferencia entre nudo propietario y usufructuario es el alquiler de un apartamento. La persona que lo alquile será el nudo propietario del inmueble, mientras que el inquilino será el usufructuario y por tanto, quien disfrute del bien.

Nuda propiedad y usufructo

Como decíamos anteriormente, el nudo propietario será el dueño de la cosa, aunque con la limitación de no poder gozar del bien. No obstante, el derecho de usufructo es temporal, es decir, habrá un momento en el que el usufructo finalice.

Generalmente, el derecho de goce termina cuando fallece el usufructuario. Al morir el usufructuario, el nudo propietario recuperará la propiedad plena de la cosa. Ahora bien, también podría terminar en un determinado plazo de tiempo si así se establece en el acuerdo.

Por otra parte, hay que resaltar que la propiedad plena está formada por el usufructo y la nuda propiedad.

Derechos y obligaciones del nudo propietario

  • Obligaciones:
    • Hacerse cargo de las reparaciones que precise el bien.
    • Respetar el derecho de goce del bien, que corresponde al usufructuario. El nudo propietario no puede perturbar la vida del usufructuario. Si quiere hacer alguna mejora de la propiedad debe hacerlo en el tiempo acordado con el usufructuario.
  • Derechos:
    • Posibilidad de vender su derecho de dominio. El nuevo adquiriente también deberá respetar el derecho de goce del usufructuario.
    • Cuando finalice el derecho de usufructo, tendrá derecho a recuperar el bien en buen estado.

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David López Cabia , 04 de marzo, 2017
Nuda propiedad. Economipedia.com