Perito

El perito es la persona que, dominando una materia, ciencia, oficio o arte, suele ser llamado para esclarecer unos hechos concretos.

En el mundo de las finanzas, por ejemplo, nos encontramos con los peritos contables. Este es un contador público colegiado que puede ser llamado en un procedimiento administrativo, judicial o de arbitraje para contribuir a esclarecer los hechos.

El perito contable se encargará de arrojar luz sobre todas las dudas que pueda arrojar la contabilidad en un proceso judicial. Puede ser requerido por un juez o por cualquier abogado de las partes. Por tanto, será la referencia técnica sobre la que se apoyen el juez y los abogados para tomar sus decisiones.

Requisitos que debe cumplir un perito

Así, la siguiente relación muestra algunos de los requisitos exigidos para ser un perito:

  • Tener un título que le permita desempeñar las funciones de perito contable.
  • Suelen estar colegiados.
  • Poseen amplios conocimientos de contabilidad.
  • Conocimiento de las normas sobre los códigos éticos de su profesión.
  • Conocer la legislación vigente: Normativa contable y financiera, leyes penales, procedimientos de auditoría.
  • No tener antedecentes penales.

Contratación y remuneración del perito

El perito puede ser nombrado por el juez que se encarga del procedimiento. En caso de ser contratado por una de las partes, será esta quien deba abonar sus honorarios. Una vez termine el procedimiento judicial, el coste del perito podrá incluirse en las costas judiciales.

El perito judicial fijará su remuneración en función del número de horas trabajadas y de acuerdo con su categoría profesional. Jamás podrá establecer su retribución en función del resultado del proceso judicial. Por otra parte, tampoco están permitidas las bonificaciones a los peritos en función del resultado del juicio.

¿Cómo debe actuar un perito en el desempeño de su profesión?

Hay una serie de características que definen el modo de actuar de un perito ante un proceso judicial, entre ellas destacan:

  • Integridad: Actuar con honestidad y de forma intachable en todos sus actos.
  • Objetividad: Debe de proceder con independencia, sin dejarse influenciar por terceros.
  • Confidencialidad: No puede revelar información a terceros, salvo que exista un deber legal o profesional.
  • Profesionalidad: Debe ser sincero sobre los servicios que ofrece, su calidad y su experiencia. Por otra parte debe tratar con respeto y deferencia a sus colegas de profesión.
  • Competencia profesional: Estar en posesión de los conocimientos y titulaciones requeridas para el desempeño de su profesión. También debe estar al tanto de la legislación vigente.

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David López Cabia , 06 de diciembre, 2016
Perito. Economipedia.com