Refrendar

Refrendar consiste en firmar o autorizar un documento para darle validez legal por una persona que esté autorizado para ello. Es una figura muy utilizada en los sistemas monárquicos para limitar el poder del jefe del Estado (el monarca).

Es decir, en simple, refrendar es dar como válidos una serie de papeles oficiales.

El refrendo es una institución histórica que tiene como fin limitar el poder del rey en una monarquía. Es decir, es una forma de prohibir que el jefe del Estado actúe por sí solo y a su vez la responsabilidad termina por recaer en el Gobierno.

Esta función de limitar los poderes del rey ha ido evolucionando y el refrendo se ha convertido en una forma de compensar la inviolabilidad del rey.

Refrendar es una regla tradicional del constitucionalismo. Exime de responsabilidad al jefe del Estado en la monarquía, lo que hace exigir que los actos del rey sean refrendados. Generalmente se autorizan o refrendan por el presidente del gobierno o algún miembro del mismo como sus ministros en sus propias competencias.

El refrendo da validez al acto y, en el caso de que no exista esta autorización, el acto será convalidado nulo.

En este punto, debemos recordar que una monarquía constitucional es un sistema donde el rey ostenta el Poder ejecutivo, pero no el Legislativo.

Limitaciones al refrendar

La función del refrendo se ciñe a dos tipos de actos:

  • Aquellos actos en los cuales solo puede intervenir el jefe del Estado a través de una propuesta formal del presidente del gobierno: nombramiento de ministros o disolución de las cámaras legislativas, por ejemplo.
  • Actos en los cuales la propuesta formal nace del propio jefe del Estado, por ejemplo, propuesta del candidato a presidencia del gobierno.

En cambio, en los siguientes actos no es necesario el refrendo:

  • Actos personalísimos del rey.
  • Distribución del presupuesto del Estado que se destina al sostenimiento de la familia real.
  • Nombramiento de los miembros civiles y militares de su casa.

¿Qué acredita el refrendo?

El acto de refrendar autoriza dos partes:

  • La legalidad del acto, es decir, que se han cumplido los requisitos formales para que se dicte ese acto.
  • El contenido del mismo, es decir, que aquello que se acuerda en ese acto cumple con la legalidad y con la oportunidad.

Refrendar: tipos

Hay dos formas de refrendar estos actos del jefe del Estado:

  • Expreso: Suele ser una contrafirma en el mismo documento del acto.
  • Tácito: A través de la presencia de ministros junto al jefe del Estado en sus actividades oficiales, discursos o conferencias.

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Elena Trujillo , 04 de enero, 2022
Refrendar. Economipedia.com