• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Saltar al pie de página
Logo Economipedia Blanco

Economipedia

Haciendo fácil la economía

Generic selectors
Exact matches only
Search in title
Search in content
Search in posts
Search in pages

Más resultados...

  • Iniciar sesión
  • Mi perfil
  • Notificaciones
  • Registro
  • Diccionario
  • Foro
  • Guías
  • Vídeos
  • Análisis
    • Actualidad
    • Mercados
    • Cultura
    • Datos
    • Mi perfil
    • Notificaciones
  • Registro
  • Generic selectors
    Exact matches only
    Search in title
    Search in content
    Search in posts
    Search in pages

    Más resultados...

Refrendar

Elena Trujillo
2 min
Referenciar

Refrendar consiste en firmar o autorizar un documento para darle validez legal por una persona que esté autorizado para ello. Es una figura muy utilizada en los sistemas monárquicos para limitar el poder del jefe del Estado (el monarca).

Es decir, en simple, refrendar es dar como válidos una serie de papeles oficiales.

El refrendo es una institución histórica que tiene como fin limitar el poder del rey en una monarquía. Es decir, es una forma de prohibir que el jefe del Estado actúe por sí solo y a su vez la responsabilidad termina por recaer en el Gobierno.

Esta función de limitar los poderes del rey ha ido evolucionando y el refrendo se ha convertido en una forma de compensar la inviolabilidad del rey.

Refrendar es una regla tradicional del constitucionalismo. Exime de responsabilidad al jefe del Estado en la monarquía, lo que hace exigir que los actos del rey sean refrendados. Generalmente se autorizan o refrendan por el presidente del gobierno o algún miembro del mismo como sus ministros en sus propias competencias.

El refrendo da validez al acto y, en el caso de que no exista esta autorización, el acto será convalidado nulo.

En este punto, debemos recordar que una monarquía constitucional es un sistema donde el rey ostenta el Poder ejecutivo, pero no el Legislativo.

Limitaciones al refrendar

La función del refrendo se ciñe a dos tipos de actos:

  • Aquellos actos en los cuales solo puede intervenir el jefe del Estado a través de una propuesta formal del presidente del gobierno: nombramiento de ministros o disolución de las cámaras legislativas, por ejemplo.
  • Actos en los cuales la propuesta formal nace del propio jefe del Estado, por ejemplo, propuesta del candidato a presidencia del gobierno.

En cambio, en los siguientes actos no es necesario el refrendo:

  • Actos personalísimos del rey.
  • Distribución del presupuesto del Estado que se destina al sostenimiento de la familia real.
  • Nombramiento de los miembros civiles y militares de su casa.

¿Qué acredita el refrendo?

El acto de refrendar autoriza dos partes:

  • La legalidad del acto, es decir, que se han cumplido los requisitos formales para que se dicte ese acto.
  • El contenido del mismo, es decir, que aquello que se acuerda en ese acto cumple con la legalidad y con la oportunidad.

Refrendar: tipos

Hay dos formas de refrendar estos actos del jefe del Estado:

  • Expreso: Suele ser una contrafirma en el mismo documento del acto.
  • Tácito: A través de la presencia de ministros junto al jefe del Estado en sus actividades oficiales, discursos o conferencias.

  • Derecho
  • Diccionario económico

Interacciones con los lectores

Regístrate gratis en Economipedia

Abre una cuenta gratuita y disfruta las ventajas de formar parte de Economipedia.

  • Acceso a contenido premium
  • Participar en el foro económico
  • Suscripción al boletín
  • Forma parte de la comunidad

Y muchas más cosas que están por llegar y de las que te iremos informando.

Registrarse

¿Quieres referenciar este artículo?

Elena Trujillo, 04 de enero, 2022
Refrendar. Economipedia.com

Artículos recomendados

  • Tipos de clientes
  • Individualismo metodológico
  • Análisis de la competencia
  • Costes hundidos
  • Duopsonio
  • Coeficiente
  • ¿Quieres dejar un comentario o prefieres ir al foro?

    Comentar Ir al foro

    Deja una respuesta Cancelar la respuesta

    Regístrate gratis o inicia sesión para comentar.

    Barra lateral principal

    Guías más leídas

  • Metaverso
    Algo pasa con el Metaverso: Todo lo que quieres saber y no te atreves a preguntar
  • IRPF
    ¿Qué porcentaje de IRPF me corresponde en mi nómina de España?
  • Como Hacer Un Briefing
    ¿Cómo hacer un briefing?
  • Entrevista De Trabajo
    ¿Cómo preparar una entrevista de trabajo?
  • subsidio por desempleo
    No tengo derecho a la prestación por desempleo ¿Qué alternativas tengo? El subsidio por desempleo
  • Foros más activos

    • Inquietud sobre la intervención del gobierno en la economía
    • ¿Para qué sirve la economía?
    • Movimientos de las cuentas de activos y pasivos
    • ¿Es difícil la carrera de economía?
    • Quiero empezar a invertir

    Footer

    Diccionario económico

    • Diccionario económico
    • Definiciones de Economía
    • Definiciones de Microeconomía
    • Definiciones de Macroeconomía
    • Definiciones de Finanzas
    • Iniciar sesión

    Contenidos de economía

    • Definiciones de economía y finanzas
    • Noticias y artículos sobre mercados
    • Rankings económicos
    • Noticias y artículos de sociedad
    • Fuentes
    • Iniciar sesión

    Sobre nosotros

    • ¿Qué es economipedia?
    • ¿Quiénes somos?
    • El equipo
    • Contacto
    • Empleo
    • Iniciar sesión
    Si quieres colaborar con nosotros o hacernos llegar cualquier sugerencia, puedes contactar a través de nuestro formulario de contacto.

    Síguenos en redes sociales:
    Logo Economipedia

    Síguenos en redes sociales

    • Icono Facebook
    • Icono LinkedIn
    • Icono facebook
    • Aviso legal
    • Cookies
    • Privacidad
    • Términos y condiciones

    Copyright © 2022 Economipedia

    Nuevo
    foro de economía

    Lanzamos el foro de economía para que puedas preguntarnos dudas personales, conocer y aprender de otros miembros de la comunidad y compartir conocimiento.

    • Pregunta tus dudas a nuestra comunidad.
      Tu comunidad.
    • Aprende de otros miembros
    • Ayuda a otras personas y ¡gana puntos!

    Y recuerda, el conocimiento es el único bien que aumenta cuando se comparte.

    Ver foro

    ¿Has olvidado tu contraseña?

    Regístrate