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Autoliquidación

Francisco Coll Morales
4 min
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Una autoliquidación es el proceso que sigue un ciudadano para pagar un impuesto. En una autoliquidación, es el ciudadano el que realiza los cálculos, cumplimenta la documentación requerida y abona la cuantía al organismo correspondiente.

Cuando un ciudadano tiene que pagar impuestos, este puede hacerlo a través de una autoliquidación.

Por tanto, hablamos de una declaración de impuestos.

En este tipo de declaración y a través de un portal electrónico del organismo recaudador, el ciudadano comunica los datos requeridos para liquidar el impuesto al Estado. Para ello, debe rellenar la documentación requerida, calcular el monto que supone el impuesto en función de la base y, por último, abonar dicho monto al organismo recaudador.

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Pero, ¿no es lo mismo que una liquidación? ¿Qué tiene esta modalidad de especial?

Aunque lo vamos a desarrollar en profundidad en el siguiente punto, es conveniente señalar que en la autoliquidación, el ciudadano, realiza las operaciones necesarias para determinar el importe que supone dicho impuesto.

Por tanto, y como veremos a continuación, hablamos de una liquidación en la que el contribuyente, grosso modo, es el encargado de calcular lo que debe, mientras que en la liquidación es el Estado el que se encarga de comunicarnos la deuda ya calculada para, posteriormente, liquidarla.

Diferencia entre liquidación y autoliquidación

Cuando pagamos un impuesto, podemos hacerlo mediante una liquidación o, gracias a la digitalización, mediante una autoliquidación.

Cuando lo hacemos a través de una liquidación, el organismo recaudador se encargará de revisar la información que tiene sobre nosotros relativa al impuesto, calculará el monto que debemos abonar y nos notificará las vías para hacer el ingreso y el plazo en el que debemos abonarlo.

En cambio, cuando se trata de una autoliquidación, somos nosotros, los ciudadanos, los encargados de rellenar y cumplimentar la documentación exigida, calcular el impuesto y, posteriormente, abonar la cantidad exigida por dicho organismo.

En otras palabras, cuando hablamos de liquidación y autoliquidación hablamos del mismo proceso, pero con la siguiente diferencia. Cuando hablamos de liquidación, es el organismo el que calcula, cumplimenta la información y exige el pago del impuesto. En cambio, cuando hablamos de autoliquidación, somos nosotros los que hacemos este cálculo, los que rellenamos la documentación y los que abonamos, en última instancia, el monto exigido.

La autoliquidación surge con la digitalización, permitiendo a los ciudadanos rendir cuentas ante el Estado a través de un portal electrónico.

Rectificación de una autoliquidación o autoliquidación complementaria

Dado que hablamos de una liquidación en la que el contribuyente se encarga de rellenarlo todo y calcularlo por su cuenta, pueden darse errores en los que el contribuyente ingrese más dinero de lo requerido, o errores en los que este ingrese menos.

Para ello existe lo que conocemos como declaración sustitutiva.

En caso de que el error vaya en contra de los intereses del ciudadano, es decir, que haya ingresado más de lo que debía, este debe notificarlo mediante una rectificación de autoliquidación.

En caso de que el error vaya en contra de los intereses del Estado, es decir, que el ciudadano ha ingresado menos de lo que debía, este debe notificarlo mediante una autoliquidación complementaria.

Pero además de esto, debemos saber que cada país estipula en su normativa cómo y de qué forma deben realizarse estas rectificaciones y autoliquidaciones complementarias. Es decir, los días que tenemos para presentarlas, entre otros datos de interés.

¿Cómo puedo presentar una autoliquidación?

A lo largo del artículo hemos mencionado en dos ocasiones que la autoliquidación nace con la digitalización de la Administración. Es decir, por la existencia de medios telemáticos para rendir cuentas ante el Estado.

Por tanto, es necesario que las personas que deseen hacer una seguir este método, cuenten con una firma digital o un mecanismo mediante el que pueda identificarse de forma telemática.

En ocasiones, también podemos hacerlo a través de determinadas oficinas o centros colaboradores. No obstante, siempre que hablamos de autoliquidación, hablamos de una declaración de impuestos por vía telemática.

¿Qué documentación e información recoge una autoliquidación?

Si ya nos hemos decidido y queremos rendir cuentas a través de una autoliquidación, debes tener presente la siguiente información, que irá recogida en dicha documentación:

  • Nombre completo y apellidos.
  • Datos relativos al contribuyente (domicilio, NIF…).
  • Periodo al que hace referencia la autoliquidación.
  • Fecha de la autoliquidación.
  • Datos económicos del contribuyente.
  • El impuesto a pagar y la cuantía.
  • Las distintas formas en las que podemos abonar el impuesto y liquidarlo.
  • El plazo del que disponemos para liquidar el impuesto.

Además de todo lo mencionado anteriormente y como hemos dicho en el artículo, no debemos olvidar que para hacer una autoliquidación debemos encontrar una vía mediante la que identificarnos virtualmente. La más habitual es la firma digital.

  • Diccionario económico
  • Fiscal

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Francisco Coll Morales, 08 de diciembre, 2021
Autoliquidación. Economipedia.com

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