Cobranza

La cobranza es el acto o procedimiento por el cual se consigue la contraprestación por un bien o servicio o la cancelación de una deuda.

Es decir, la cobranza es la obtención de un pago pactado. Esto no necesariamente ocurre al mismo tiempo que el vendedor entrega su mercancía o que el empleado desarrolla el trabajo encargado.

Es decir, la cobranza puede darse antes, durante o después de recibir el bien o servicio solicitado. Así, si el cobro se realiza antes se le denomina adelantado.

Por otro lado, la cobranza también se realiza sobre un financiamiento otorgado. En este caso, quien debe cobrar es la entidad financiera o el respectivo acreedor.

Un punto importante a remarcar es que la persona que ofrece el producto o servicio, o que otorga el financiamiento, es quien usualmente decide la forma de cobro. Por ejemplo, los bancos determinan el día o los días del mes cuando vencen las tarjetas de crédito que emiten.

Otro asunto a tomar en cuenta es que, por ley, en un proceso de cobranza se suele prohibir el acoso, con llamadas constantes al moroso, por ejemplo. Tampoco se puede recurrir a la amenaza.

Cabe señalar además que a la persona cuyo oficio es la cobranza se le denomina cobrador.

Empresas de cobranza

Debemos recordar que un banco suele delegar su cartera morosa a una empresa de cobranzas. Dicha entidad, a su vez, se comunicará con el deudor para negociar la devolución del préstamo.

En caso de que el prestatario se encuentre en una situación difícil, quizás de insolvencia, la empresa de cobranzas le puede ofrecer un descuento sobre el principal del préstamo, por ejemplo. De ese modo, se asegura al menos recuperar parte del crédito.

Cabe aclarar que las empresas de cobranza también pueden ser contratadas por compañías no financieras para recuperar sus cuentas a cobrar.

Tipos de cobranza

Existen tres tipos de cobranza:

  • Cobranza formal: Cuando la entidad acreedora gestiona internamente, con su propio equipo y recursos, la recuperación de la deuda.
  • Cobranza judicial: Cuando se recurre al Poder Judicial para exigir la cancelación de la deuda mediante un juicio. El acreedor debe contratar un abogado o equipo legal y debe además pagar los gastos propios del proceso.
  • Cobranza extrajudicial: Cuando el acreedor busca la recuperación de la deuda sin necesidad de llevar al deudor a un juicio. Nos referimos, por ejemplo, a que puede contratarse a una empresa de cobranzas.

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Guillermo Westreicher , 15 de abril, 2020
Cobranza. Economipedia.com