Contrato mercantil
El contrato mercantil es un acto por el cual varias personas se obligan entre ellas para dar, hacer o no hacer. Este pacto genera derechos y obligaciones a las partes y tiene como objeto actos de comercio.
La única diferencia existente entre un contrato mercantil y uno civil es que el objeto de los contratos mercantiles son actos de comercio. Pero, ¿cuáles son estos actos de comercio?
Se consideran actos de comercio las acciones relacionadas con una adquisición de un objeto que tiene como características diferenciadoras:
- Finalidad de ganar dinero.
- Estos bienes no son adquiridos para el uso propio sino para el intercambio posterior.
- Estos actos son realizados por una empresa.
- Los actos son masivos, ya que la finalidad no es el consumo propio sino el intercambio.
No existe una clasificación general que diferencie todos los actos en actos civiles y actos de comercio, para ello las características mencionadas anteriormente son esenciales.
Características del contrato mercantil
Las características principales de los contratos mercantiles van a depender de cuál sea el objeto del contrato, pero se pueden señalar:
- Contratos reales, consensuales o solemnes.
- Contratos unilaterales o bilaterales.
- SIEMPRE son contratos onerosos.
- Contratos de ejecución inmediata o aplazada en el tiempo.
- Contratos principales o accesorios.
Contratos mercantiles
Algunos contratos que son clasificados como mercantiles según la ley son:
- Contrato de compraventa mercantil.
- Contrato de transporte terrestre.
- Contrato de seguro.
- La fianza mercantil.
- Contratos de pagaré, letras y cheques.
- Contrato de comercio marítimo.
- Contrato de sociedad.
- Contrato de comisión.
- Contrato de agencia.
- Contrato de depósito bancario.
- Contrato de préstamo.
Diferencia entre contratos mercantiles y civiles
Algunas de las diferencias existentes entre contratos mercantiles y civiles son tres:
A. Tribunales
Los tribunales que se encargan de juzgar los conflictos ocasionados por contratos mercantiles son los tribunales mercantiles.
Los que se encargan de juzgar los conflictos ocasionados por contratos civiles serán los tribunales civiles.
B. Lucro
Los contratos mercantiles obligatoriamente tienen como característica que sean onerosos. Es decir, que se pretenda un beneficio económico, en cambio los civiles pueden ser gratuitos.
C. Legislación
Los contratos mercantiles en España se encuentran regulados en el Código de Comercio y los contratos civiles se encuentran regulados en el Código Civil.