Derecho de familia
El derecho de familia es una rama del derecho civil que regula los matrimonios, las separaciones y sus causas, la disolución, la filiación y todos los efectos de estas situaciones.
El derecho de familia en España se encuentra regulado en el código civil. Por lo tanto, es competencia del Estado y no de las comunidades autónomas.
Sin embargo, existen excepciones, y finalmente el Estado regula exclusivamente las siguientes materias:
- Formas de matrimonio.
- Requisitos para contraer el vínculo conyugal.
- Causas de separación y divorcio.
Además, en España existen diversas comunidades autónomas que tienen competencias reconocidas sobre el derecho de familia: Cataluña, Galicia, Navarra, Aragón y País Vasco.
Características del derecho de familia
Podemos destacar diversas características del derecho de familia:
- El derecho de familia persigue la protección de la familia.
- La familia debe regirse por el principio de solidaridad: Los progenitores tienen el deber de cuidado y protección de sus hijos y los cónyuges tienen el deber de socorro mutuo.
- La protección de la familia abarca las familias nucleares: monoparentales, del mismo sexo o extramatrimoniales.
- Se extiende la protección del derecho de familia al parentesco, estos son:
- Personas ligadas entre sí por consanguinidad (padres, hijos).
- Personas ligadas entre sí por afinidad (matrimonio).
- Personas ligadas entre sí por adopción.
- El derecho de familia, es un derecho vivo en evolución constante, una muestra de esta evolución es la aceptación del matrimonio entre personas del mismo sexo.
- El derecho de familia es un derecho privado. Esto es así porque regula relaciones entre particulares.
Regulación
El derecho de familia se encarga de la regulación de todas estas materias:
- Relaciones paterno-filial, por adopción o por tutela o acogimiento.
- Relación matrimonial y parejas de hecho.
- Regímenes económicos matrimoniales: gananciales, separación de bienes y régimen de participaciones.
- Crisis matrimoniales: nulidad, separación y divorcio.
- Medidas comunes a las crisis matrimoniales.
- Alimentos entre parientes.
- Protección de menores.