Ingreso diferido
Se conoce como ingreso diferido a aquella transacción en la que se ha recibido el dinero de una operación, pero no se han transmitido aún los bienes y servicios que van parejos a la misma.
En otras palabras, contablemente un ingreso diferido se produce cuando en cualquier transacción se recibe el dinero por adelantado sin aún haber proporcionado la otra parte del acuerdo, que puede ser la prestación de un servicio, la venta del bien o cualquier contraprestación en un contrato.
Los ingresos diferidos no se conocen como un ingreso real, ya que no afectan a la ganancia o pérdida neta en el patrimonio, por lo que hasta que ésta no se produjese no podría indicarse ingreso propiamente dicho. Por esta razón no van a la cuenta de resultados de una organización, sino que van al pasivo de la misma, por ser una obligación (un derecho en el caso de la parte contraria), un depósito por parte del tenedor.
Referencia Contable
El término diferido o anticipado es una forma de registro contable que se realiza para cuantificar un derecho u obligación por una de las partes, ya sea como derecho a recibir algo (en el caso de dar un adelanto, un pago adelantado, un ingreso en diferido para la otra parte) o el derecho a prestar un servicio, en el caso contrario. En la práctica, supone un registro contable para recoger un crédito o débito en función de cuándo se han realizado las contraprestaciones.
Una vez que los bienes o servicios son prestados, los ingresos diferidos son anulados y se registra un nuevo concepto de ingreso real, que irá e incidirá sobre la cuenta de resultados, ya que en este caso se reconoce una entrada real de dinero correspondiente a la otra parte de la transacción.