Notificación de la Seguridad Social
La notificación de la Seguridad Social es la forma en que este órgano administrativo comunica determinadas resoluciones al ciudadano, autónomo o empresario.
Esta notificación es la comunicación fehaciente para que el ciudadano, autónomo o empresa tenga las características y circunstancias de algún tipo de trámite. La tesorería de la Seguridad Social puede notificar a través del papel o de forma telemática.
En España, actualmente las empresas, independientemente del número de trabajadores que tengan asalariados y autónomos, están obligados a recibir estas notificaciones de forma telemática. Estos empresarios tienen 10 días para consultar la notificación. En caso de no cumplir con este plazo ya no puede contestar al trámite ni aportar alguna prueba añadida.
En el caso de la notificación en papel, la Seguridad Social lo tiene que intentar dos veces. Si en la segunda vez no puede contactar con el interesado se dará por notificado y se publicará en el BOE de la comunidad autónoma.
Asimismo, el plazo que tiene el notificado es de 10 días para adjuntar los documentos pertinentes o hacer las alegaciones que considere.
¿Qué es la Seguridad Social?
Para saber en qué consiste la notificación, es importante saber qué es la Seguridad Social. La Seguridad Social es una aseguradora pública. Es decir, cubre riesgos y los ciudadanos pagan una prima de seguro por ello. Es la encargada de la gestión de pensiones como la baja por maternidad.
¿Qué puede contener esta notificación de la Seguridad Social?
Las informaciones que contendrán estas notificaciones serán referentes a:
- Providencias de apremio: es la forma en la que reclama la Administración pública una deuda vencida líquida y exigible. Es un título ejecutivo.
- Aplazamiento en el pago de deuda.
- Información relativa a las incapacidades temporales.
- Reclamación de deuda.
- Resolución de algún procedimiento. Estos procedimientos pueden tener que ver con liquidaciones de la Seguridad Social o alguna sanción que está en trámite.
- Devolución indebida.
- Actos del procedimiento administrativo que tenga como interviniente a la Seguridad Social.
- Información relativa a la jubilación.
- Comunicación de inicio de un procedimiento: en aquellos casos donde después de dos intentos de notificar en el domicilio, la Seguridad Social diese por notificada a la persona, significaría que se iniciaría un procedimiento administrativo y judicial sin que el ciudadano lo haya visto. Esto significa que puede no presentarse en el procedimiento o no haber cumplido con el trámite para adjuntar las pruebas pertinentes. Esto no será motivo para que el ciudadano o empresa alegue en el procedimiento indefensión.