Bonificación
Desde un punto de vista económico, una bonificación es un descuento en una obligación de pago o un aumento en un derecho de cobro.
Tiene su origen en el latín y sus componentes léxicos son «bonus» (bueno), «facere» (hacer) y «cion» (acción). Su significado es producir una gratificación suplementaria o un bono. Por tanto, desde un punto de vista económico, se incluye en este concepto todo lo que beneficie a alguien. Como ya hemos mencionado, cobrar más o pagar menos.
Algunas acepciones de bonificación
Este expresión tiene diversas acepciones, dependiendo de que materia estemos tratando. Algunas de ellas puede ser:
- En seguros puede referirse una reducción del pago de la prima. Normalmente es una forma de captar clientes o premiar a quienes no den partes.
- En derecho laboral estaríamos ante una retribución variable que se añade al salario. De esta forma, el empelado recibe un premio por algún motivo. En la alta dirección estas retribuciones pueden ser en ocasiones acciones de la propia empresa. Estaríamos ante un aumento en los derechos de cobro.
- En derecho tributario sería una reducción de la base imponible de un impuesto (desgravación), que daría lugar a una menor cuota a pagar. Normalmente suele ser por algún motivo social. Sería una disminución en las obligaciones de pago.
- En relación a las tarjetas de crédito, a veces se condona una parte de la deuda contraída. Estaríamos ante una forma de bonificación en que pagamos menos.
- Los establecimientos que venden a plazos sin intereses también nos estarían bonificando. En este caso, estaremos pagando menos (nada) por el coste financiero.
- Otro ejemplo serían algunos descuentos ofrecidos en la compra de un producto o en la contratación de un servicio.
- En muchos países los autónomos tiene una serie de ventajas para iniciar su actividad. Bien a través de cuotas reducidas o de descuentos directos sobre esta.
Ejemplo sobre cómo contabilizarlo
Para terminar, vamos a poner un ejemplo numérico. Imaginemos que al comprar una serie de mercancías por importe de 10.000 unidades monetarias (u.m) nos ofrecen un descuento del 10%. Al pagar menos por la compra, estaría dentro de los supuestos vistos más arriba. La bonificación sería de 1.000 u.m. y como vemos, es un menor valor de la compra.
Por tanto, en nuestro apunte contable se situaría en el lado contrario de la compra. Normalmente esta, como es un gasto, iría en el debe, aumentando nuestros activos. la bonificación iría en el haber, reduciendo el valor de lo que debemos al proveedor. En definitiva, tendremos que pagarle menos.