Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP)

La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones es un órgano administrativo español, dependiente de la Secretaría de Estado de Economía y del Ministerio de Asuntos Económicos, el cual supervisa y controla el sector de las aseguradoras, así como su relación con los clientes.

La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones es, por tanto, un organismo supervisor, gestionado por la Secretaría de Estado de Economía y el Ministerio de Asuntos Económicos. Este supervisa que las entidades que operan en este sector en España cumplan con la regulación impuesta. Para ello, cuenta con las capacidades de regular el sector, supervisarlo, aportar directrices, entre otros asuntos que garanticen el correcto funcionamiento de este sector. Asimismo, vela por el cumplimiento de dicha normativa, tanto en materia de condiciones como de cláusulas, relaciones con clientes, entre otros aspectos.

Conviene señalar que numerosas compañías aseguradoras gestionan fondos de pensiones, así como seguros mediante los que los españoles ahorran para su jubilación. Todos estos seguros, como podrían ser los PIAS o los unit linked, también se encuentran bajo la supervisión de este organismo. Por esta razón, recibe dicho nombre, pues se encarga de controlar, además de los típicos seguros de responsabilidad civil, otros como los seguros de vida, de ahorro, así como todos aquellos productos (seguros) ofrecidos por aseguradores y entidades financieras o bancarias en el país.

Por último, al igual que ocurre con el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito en España, la DGSFP, que es como se conoce a este organismo que aquí nos ocupa por sus siglas en español, tiene, entre sus funciones, garantizar que la aseguradora devuelva el capital aportado a los clientes. Esto, pese a que esta quiebre o no pueda cumplir con la obligación de pagar. Para ello, la DGSFP se hace responsable de que el capital se devuelva, y que la quiebra no cause ningún perjuicio a los asegurados.

Funciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP)

Entre las funciones que posee la Dirección General de Seguros y Fondos de pensiones en España, la normativa establece las siguientes:

  • La preparación y la elaboración de los proyectos normativos en materia de seguros y fondos de pensiones.
  • La coordinación de las relaciones con las instituciones de la Unión Europea, con los supervisores de otros Estados y con organismos internacionales.
  • La contestación a las consultas formuladas en materia de seguros y reaseguros privados, distribución de seguros y reaseguros, y planes y fondos de pensiones.
  • El análisis de la documentación que debe remitir las entidades para facilitar el control de su solvencia y actividad.
  • La supervisión financiera continua.
  • La supervisión por inspección de las operaciones y de la actividad ejercida por las personas y entidades que actúen en el mercado.
  • El seguimiento de las medidas impuestas a las personas y entidades sujetas a supervisión. Esto, incluyendo las referentes a las situaciones de deterioro financiero y a los procedimientos de medidas de control especial.
  • La comprobación de los cálculos financieros y actuariales aplicados en las operaciones de seguros y reaseguros, y por los planes y fondos de pensiones y sus entidades gestoras.
  • El desarrollo y gestión de los sistemas y aplicaciones informáticas utilizados en las funciones de supervisión.
  • Los procedimientos de autorización para el cálculo del capital regulatorio. Esto, incluidos los referentes a modelos internos o parámetros específicos y los demás procedimientos derivados del régimen de solvencia basado en riesgo.
  • El seguimiento y participación en los Colegios internacionales de supervisión de entidades aseguradoras y reaseguradoras derivados del régimen de Solvencia II. Además, la colaboración con otros supervisores en las actuaciones de supervisión de conglomerados financieros y el análisis de los aspectos macroprudenciales del sector asegurador y de fondos de pensiones.
  • El control del cumplimiento de los requisitos precisos para el acceso y la ampliación de la actividad aseguradora y reaseguradora y de los requisitos exigibles a los administradores, socios y directores de las entidades que realizan dicha actividad y a las demás personas físicas y jurídicas sujetas a la regulación de seguros privados.
  • La supervisión en materia de fusiones, agrupaciones, cesiones de cartera, transformaciones, escisiones y otras operaciones estructurales entre entidades aseguradoras, y las iniciativas sobre medidas y operaciones que comporten una mejora en la estructura sectorial o en la de alguno de sus ramos.
  • El control de los requisitos para la autorización de planes y fondos de pensiones y de sus entidades gestoras.
  • El control previo para el acceso a la actividad de distribución de seguros y reaseguros.
  • La supervisión de las conductas y prácticas de mercado de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, mediadores de seguros y reaseguros. Igualmente, para todos aquellos que operen en el mercado.
  • La realización de estudios sobre los sectores de seguros y fondos de pensiones.

Estructura de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP)

La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) presenta una serie de subdirecciones generales. Estas desarrollan cada una de estas funciones anteriormente descritas:

  • Subdirección General de Regulación y Relaciones Internacionales: Prepara los proyectos normativos, coordina las relaciones con los organismos internacionales y contesta a las consultas formuladas.
  • Subdirección General de Inspección: Se encarga, en términos generales, de todo aquello relacionado con la supervisión y la inspección de las entidades que operan en el mercado, en España. Asimismo, se encarga de la relación con el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC). Esto, en lo relativo a la regulación e interpretación de las normas contables y de auditoría. De igual modo, coordina con el Consorcio de Compensación de Seguros en el ejercicio de su actividad liquidadora de entidades aseguradoras.
  • La Subdirección General de Solvencia: Entre otras funciones, controla la situación financiera de las entidades de forma permanente. Asimismo, comprueba todos los cálculos, así como la documentación emitida por estas entidades.
  • La Subdirección General de Autorizaciones, Conductas de Mercado y Distribución: Se encarga de todo lo relacionado con el acceso al mercado, la conducta de los distribuidores dentro de él, así como de los productos que en este se comercializan.
  • La Subdirección General de Organización, Estudios y Previsión Social Complementaria: Entre otras funciones, se encarga de lo relativo a la realización de estudios sobre los sectores de seguros y fondos de pensiones.

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Francisco Coll Morales , 14 de agosto, 2021
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