Poseedor
El poseedor es la persona física o jurídica que tienen en su poder efectivo una cosa, derecho o animal. Ser poseedor no significa que sea propietario de la cosa o derecho.
Es decir, el poseedor es quien puede hacer uso o puede disfrutar de un determinado bien.
El poseedor no tiene por qué ser el titular legítimo de la cosa, es decir, una persona puede ser poseedor de una cosa o derecho y no ser el propietario del mismo. Lo importante para saber si una persona es poseedora es la situación de hecho en la cual dispone de la cosa o el derecho.
Para entenderlo mejor, una persona puede ser propietaria de un ordenador, por ejemplo, un padre. Sin embargo, este propietario puede no ser el poseedor del artefacto ya que lo tiene bajo su poder efectivo su hija, pero ésta no es la propietaria.
Requisitos para ser poseedor
Los requisitos para ser poseedor son los siguientes:
- Da igual que sea persona física o jurídica. El hecho de ser persona da la opción de poder ser poseedor.
- Los menores de edad y las personas con la capacidad modificada judicialmente deberán contar con sus representantes legales para poseer.
- Puede ser un único poseedor o pueden ser varios en coposesión.
¿Cómo adquiere la posesión la persona?
Hay dos formas de que una persona llegue a ser poseedor:
- A) Ocupación material: Significa la simple tenencia de un bien. Siguiendo con el ejemplo anterior, la hija del propietario, solo con el hecho de agarrar el ordenador, ya es poseedora de este. Hay otras ocupaciones materiales que no son necesariamente la aprehensión física del objeto. Por ejemplo, si una persona está viviendo en un bien inmueble, es poseedor de los bienes muebles que se encuentren en este, sin necesidad de ocuparlos de forma efectiva.
- B) Posesión por vía de actos jurídicos o legales: En este caso, se necesita una formalidad jurídica y es el caso de los herederos. En el momento que aceptan una herencia, son poseedores de los bienes que conforman esta herencia.
¿Cómo puede perder la posesión?
Las formas de perder la posesión pueden ser voluntarias o involuntarias.
- Voluntarias: El abandono de la cosa que la persona tenía en su posesión. Por ejemplo, si la hija que poseía el ordenador lo deja en el despacho de su padre y no vuelve a ocuparlo, pierde la posesión. También es una pérdida de posesión voluntaria la cesión de la cosa a otra persona. Esto es, si la poseedora del ordenador le entrega el artefacto a un compañero. Igualmente, ha perdido la posesión.
- Involuntarias: Destrucción de la cosa. Si el ordenador de nuestros ejemplos se estropea y queda inutilizado, la hija también pierde su posesión.