Test de conveniencia (MiFID)
El test de conveniencia MIFID (Appropriateness test) es un documento, en forma de cuestionario, que evalúa los conocimientos y la experiencia sobre los mercados financieros del inversor. El resultado del test de conveniencia es una relación de productos, adecuados para el cliente o no, según sus circunstancias.
El test de conveniencia se exige para todos los clientes minoristas que vayan a contratar productos financieros complejos. Además, será necesario también en la contratación de algunos productos no complejos donde no toma la iniciativa el cliente, sino la entidad que propone los productos.
MIFID habla de productos complejos en referencia al riesgo de pérdida económica o quebranto que llevan asociados. Para ello, se tiene en cuenta el riesgo de crédito, de liquidez o mercado. Entre otros, se consideran productos complejos:
- Derivados financieros
- Bonos y obligaciones convertibles
- Deuda subordinada
- Emisiones de renta fija con estructura
- Acciones convertibles y acciones preferentes
- IIC de inversión libre
A través del test de conveniencia, las entidades financieras evalúan a sus clientes sobre:
- Conocimientos sobre los mercados financieros: Por ejemplo, si el cliente tiene alguna titulación académica o si ha hecho cursos de formación sobre el funcionamiento de la bolsa.
- Experiencia inversora previa: Cuántas veces ha contratado durante los últimos 3 años derivados OTC, por ejemplo.
La Directiva MIFID pretende garantizar la protección del inversor, teniendo en cuenta el entorno complejo y cambiante de los mercados financieros. A través del test de conveniencia, se intenta evitar que un cliente contrate un producto que realmente no comprende o que no es consciente de los riesgos inherentes que conlleva.
Test de idoneidad vs test de conveniencia
Ambos tests suelen ser presentados de manera conjunta por las entidades. No obstante, presentan diferencias:
TEST DE IDONEIDAD | ||
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¿Para qué productos y servicios? | Contenido de las preguntas | Resultado |
Asesoramiento personalizado
Gestión de carteras | Objetivos de inversión del cliente
Situación financiera Conocimientos y experiencia financiera | Perfil de riesgo del cliente:
Conservador Moderado Arriesgado Otros |
Test de conveniencia | ||
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¿Para qué productos y servicios? | Contenido de las preguntas | Resultado |
Productos complejos (renta fija con estructura, deuda subordinada, preferentes, derivados, etc)
Algunos productos no complejos si la iniciativa de contratación es de la entidad (fondos, deuda pública de determinados países, etc). | Conocimientos sobre los mercados financieros del cliente
Experiencia inversora previa | Productos convenientes para el cliente
Productos no convenientes |
Cumplimiento normativa MIFID
Desde el año 2007, todas las entidades financieras de los estados miembros de la Unión Europea deben cumplir con las exigencias de la normativa MIFID. Su ámbito se extiende a las actividades financieras de asesoramiento personalizado, gestión discrecional de carteras y contratación de fondos y valores. Además, MIFID exige a las entidades financieras la clasificación de sus clientes en las siguientes categorías:
- Contraparte elegible (eligible counterparty): Clientes que por su naturaleza jurídica pueden actuar directamente en los mercados financieros. Por ejemplo, grandes entidades de crédito o sociedades gestoras de institución de inversión colectiva (IIC). Por normativa, se considera que no es necesario realizar test de idoneidad y test de conveniencia para este tipo de clientes puesto que se presume que poseen el máximo nivel de conocimiento y experiencia financiera.
- Profesional (professional): Clientes en los que se presume que poseen también grandes conocimientos financieros para valorar los riesgos de una determinada decisión de inversión, pero en un nivel inferior a los categorizados como contraparte elegible. Por ejemplo, entidades prestadoras de servicios de inversión de tamaño medio. La normativa tampoco considera necesario realizar test de idoneidad y test de conveniencia para este tipo de clientes.
- Minoristas (retail): El resto de clientes no incluidos en las categorías anteriores y que no poseen amplios conocimientos financieros. Realmente, la mayoría de los clientes personas físicas y pymes son clientes minoristas. En este caso, MIFID exige el máximo nivel de protección y siempre será necesario realizar tanto el test de idoneidad como el test de conveniencia. De hecho, ambos tests deberán ser revisados periódicamente para cada uno de los clientes y, en su caso, modificados si los conocimientos financieros del cliente cambian.