Tipos de administradores

Por Elena Trujillo · Actualizado el 17 marzo 2021
Tipos De Administrador

Los administradores de una sociedad mercantil son las personas que gestionan y representan la sociedad y pueden ser de diversos tipos.

La administración de la sociedad puede llevarse a cabo por un administrador único, por varios administradores (actuando solidaria o mancomunadamente) o por un consejo de administración.

¿Quién elige el número de administradores? Los estatutos de las sociedades fijan el mínimo y el máximo, pero será la junta general quien determine el número exacto.

Características de los administradores

Algunas de las características que comparten todos los administradores son:

  • Los administradores pueden ser personas físicas o jurídicas.
  • No es necesario ser socio de la sociedad para ser administrado.r
  • Si el administrador es una persona jurídica debe designar una persona natural.
  • No pueden ser administradores los menores de edad no emancipados ni los incapacitados judicialmente.
  • No pueden ser administradores las personas inhabilitadas por ley, ni los funcionarios de la administración.
  • Los administradores deben estar inscritos en registro público.
  • Los administradores son nombrados por los socios de la sociedad.

Funciones de las administraciones

Las funciones básicas de todo administrador son:

  • Los administradores deben hacer cumplir los deberes impuestos por leyes y estatutos de las empresas.
  • Deben ejercer una buena dirección y el control de la sociedad.
  • Tienen que conseguir de la propia sociedad la información para cumplir con las obligaciones.
  • Los administradores tienen obligación de lealtad y actuar de buena fe.

Tipos de los administradores

Depende del número:

  1. Administrador único/ unipersonal: Frecuente en sociedades pequeñas. Se trata de una persona física la única encargada de realizar todas las funciones encomendadas a su cargo y así mismo es el único responsable de sus propios actos.
  2. Varios administradores: 2 o más administradores al menos. Se organizarán o mancomunadamente o solidariamente.
  3. Consejo de administración: Para crearlo debe estar establecido esta posibilidad en los estatutos y aquí se fija el número mínimo y máximo. Como mínimo debe estar formado por 3 miembros.
    •  El Consejo debe reunirse al menos cada 3 meses y tomará las decisiones por mayoría absoluta de los consejeros que acudan.
  4. Administrador concursal: Este es un tipo específico de administrador que entra en juego cuando la sociedad se encuentra en concurso de acreedores.

Depende de la libertad en sus actuaciones:

  1. Administradores solidarios: Cada uno tiene todas las funciones y puede ejercerlas independientemente.
  2. Administradores mancomunados: Tienen una actuación conjunta y no individual. No pueden realizar individualmente las funciones, sino que tienen que actuar de mutuo acuerdo.

Diferencias en los administradores dependiendo SA o SL

  1. Duración del cargo:
    1. En SL podrá ser indefinido, salvo que diga algo contrario los estatutos.
    1. En SA máximo 6 años.
  2. Cese del cargo:
    1. En SL se exige mayoría para cesar de dos tercios.
    1. En SA se puede cesar en cualquier momento.

Sobre Economipedia

Este artículo forma parte de la enciclopedia de Economipedia, una plataforma de educación financiera que ayuda a millones de personas a entender la economía, aprender a invertir y mejorar sus finanzas personales.

Fundada en 2012 por Andrés Sevilla Arias y desarrollada por más de 50 economistas y asesores financieros.

Más contenidos en economipedia.com Economipedia