Guía elaborada por los asesores fiscales de Tax Down y el equipo de Economipedia
En esta guía encontrarás paso a paso cómo hacer la declaración de la renta de forma correcta y así conseguir el máximo ahorro en tu declaración, tanto si la quieres hacer por ti mismo, o con la ayuda de los asesores de la agencia tributaria o con la ayuda de asesores fiscales expertos.
Es importante recalcar la importancia que tiene para todos los ciudadanos, sin excepción, saber cómo gestionar sus finanzas domésticas. La declaración de la renta es un punto clave en el que podemos ahorrar una parte importante de dinero.
Por eso creemos muy necesario contar con una guía como esta, para poder maximizar la devolución de la declaración de la renta o minimizar el ingreso. En esta guía te enseñamos, de una manera sencilla, algunos consejos para conseguir hacer la declaración de la renta de forma correcta sin olvidarte de incorporar partidas que pueden beneficiarte.
Lo primero, recopila la documentación necesaria
Para elaborar la declaración de la renta es necesario que dispongas de una serie de justificantes con los datos que te permitirán revisar, contrastar, modificar o incorporar los diferentes campos o casillas de tu borrador.
Nuestra recomendación es actuar con previsión en este tema y tenerlo todo recopilado antes de acometer la faena, de lo contrario, el proceso se puede dilatar considerablemente y convertirse en algo más farragoso de lo que ya es.
Los datos más importantes, muchos de los cuales son conocidos por la AEAT y los ha incorporado en tu borrador, son los siguientes:
- DNI, cuyos datos son necesarios para la obtención del número de referencia como luego veremos, y para iniciar el servicio de tramitación del borrador/declaración de la AEAT.
- La declaración de la renta del año anterior, que te servirá de referencia para la de este año y contrastar diferencias.
- Los datos fiscales que posee de ti la AEAT, que puedes obtener también de la página de la AEAT con el número de referencia o directamente en el servicio de tramitación del borrador.
- Las referencias catastrales de los inmuebles de tu propiedad, o en alquiler. Si no tuvieras esas referencias puedes acceder a la página oficial del Catastro (también disponible a través de la AEAT y te sacarán el número de tu vivienda).
- El certificado de rendimientos del trabajo emitido por el pagador (en el caso de los empleados por cuenta ajena). Aunque puede que tengas tus nóminas a mano, lo recomendable es pedir un certificado de retención a tu empleador en el que se incluye toda la información.
- Rendimientos del capital inmobiliario, es decir los justificantes de ingresos y los gastos que sean deducibles (facturas, etc.).
- Rendimientos del capital mobiliario: certificados de empresas, entidades financieras y de seguros, contratos, recibos de gastos, brókeres etc.
- En el caso de que hayas tenido ganancias o pérdidas patrimoniales, los documentos justificativos de las fechas e importes de la compra y de la venta.
- Documentos justificativos de las cuotas pagadas a sindicatos o colegios profesionales y/o los donativos o donaciones a Organizaciones y Fundaciones de Interés Público.
Cómo hacer la declaración de la renta, ¿solo o con ayuda?
Vamos a analizar los distintos medios de los que disponemos para hacer la declaración de la renta en España. Tanto si necesitas ayuda como si la quieres hacer por tu cuenta.
Primero veremos cómo hacer la declaración de la renta con uno de los medios de asesoramiento fiscal y más adelante veremos la opción de hacer la declaración por ti mismo a través de la herramienta gratuita de la AEAT, que es Renta Web.
Si no tienes conocimientos fiscales es recomendable acudir a un experto fiscal. O incluso teniendo algunos conocimientos fiscales puedes acudir a un experto fiscal para garantizarte el máximo ahorro o seguir los pasos que indicamos abajo, asegurándote que has incluido todo correctamente. Según datos de la AEAT, uno de cada cuatro contribuyentes confirmó el borrador sin comprobar si estaban aplicadas las deducciones. Las cuales pueden suponer un ahorro muy importante en la declaración.
Asesores fiscales para la declaración de la renta
A todos los contribuyentes les gustaría contar con un asesor experto para realizar este trámite, pero no siempre se tienen los medios para ello. Así pues, os contamos aquí cuáles son las alternativas y os adelantamos que alguna de ellas:
- Pedir cita en la Agencia Tributaria: Durante la campaña de la renta, la AEAT pone a disposición de los contribuyentes unas oficinas donde un equipo de asesores, sin ningún coste, te elabora la declaración de la renta.
- TaxDown: Es una forma muy recomendable ya que te permite hacer la declaración de la renta de manera digital, segura y sencilla. Además de ser asequible para cualquier persona, solo te cobran si se mejora el borrador por encima de los 35 euros. Pero TaxDown no es solo una plataforma online para hacer la declaración de la renta, sino que se plantea como un “asesor virtual” para ayudarte con este proceso complejo. Para ello, la propia plataforma te va realizando las preguntas oportunas con la intención de que le facilites la información necesaria. Por lo que resulta cómodo y rápido hacer la declaración. Además, la segunda ventaja es que la plataforma busca maximizar el ahorro del borrador de la renta, gracias a la implementación de todas las deducciones aplicables a cada caso. Así te aseguras que no se te pasa ninguna.
- Asesores fiscales privados: Existen muchos asesores fiscales privados que pueden ayudarte con la declaración de la renta. La principal desventaja es el coste, que suele ser elevado si el único motivo de su contratación es ayudar con la declaración de la renta. Además, si te sale a pagar también te van a cobrar, al contrario que los asesores fiscales de la AEAT o TaxDown.
- Renta Web: Para los que tienen nociones fiscales, pueden optar por la plataforma digital de la AEAT -el antiguo programa Padre-. Es un formulario digital en el que vas rellenando campos y casillas hasta completar el proceso y presentarlo. La desventaja es que lo tienes que hacer de manera totalmente autónoma, nadie te dice si lo haces bien o mal, ni te explica si algún concepto no lo tienes claro. Más abajo vamos a analizar paso a paso como hacer la declaración de la renta online, con renta web.
Cómo hacer la declaración de la renta por internet
A continuación, vamos a detallar paso a paso como hacer la declaración de la renta de forma online y por tu cuenta. Dado que los apartados son muy numerosos y extensos, vamos a hacerlo de forma esquemática.
1. Primero, acceder a tus datos fiscales RENTA WEB
En primer lugar, tienes que ir a la página web de la AEAT y acceder al servicio de tramitación del borrador.
Existen dos maneras de entrar al servicio de tramitación, pero independientemente de como te registres puedes hacer clic primero en Servicio de tramitación borrador / declaración (Renta WEB)” y ahí dentro registrarte, o bien primero registrarse con Cl@ve o con número de referencia y luego entrar al Servicio de tramitación borrador / declaración (Renta WEB).
Las tres maneras de acceder son las siguientes:
- Registro en Cl@ve: Para lo que deberás haberte registrado previamente, solicitando el número PIN. Aunque al principio es un poco más tedioso, en el futuro podrás hacer todo tipo de trámites y consultas sobre tu situación tributaria con la AEAT y otros organismos públicos por Internet.
- Con el número de referencia: Si tienes la declaración de la renta del año pasado a mano, es la forma más sencilla. En este caso, tendrás que buscar el importe de la casilla 505 de la declaración de Renta del año anterior, junto con el DNI/NIE y su fecha de validez (o de expedición si es un DNI permanente o número de soporte de su Número de Identidad de Extranjero (NIE). Si el resultado de la casilla 505 hubiera sido igual a cero, o no se hubiera presentado declaración de Renta el año anterior, se deberá disponer del número IBAN de una cuenta bancaria en la que figures como titular. Puedes ver un vídeo explicativo para ver cómo conseguir el número referencia de la casilla 505.
- Acceder con certificado electrónico reconocido.
Si lo deseas puedes entrar a hacer una consulta de los llamados datos fiscales, que es la información fiscal que dispone AEAT, aunque también se pueden visualizar en el servicio de tramitación del borrador/declaración de la AEAT
2. Acceso a Servicio de tramitación borrador / declaración (Renta WEB)
Una vez has accedido al servicio, podrás ver el borrador de la renta. Es muy importante no confirmar el borrador sin comprobar todos los datos, ya que hay datos que el borrador de la renta no incluye y que te ayudan a maximizar el ahorro en la declaración de la renta.
Tienes que ir comprobando uno a uno los datos, contrastando con la información correcta de los ingresos obtenidos y de los gastos. Es muy importante no olvidar incluir los gastos y las deducciones en cada una de las partidas.
Los apartados de la declaración de la renta son los siguientes:
1. Datos generales: Además de los identificativos del declarante y, en su caso, su cónyuge, respecto de los que no debe olvidarse marcar si se tiene acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33%, porque la declaración saldrá más ventajosa, los siguientes:
- Opción de tributación, individual o conjunta.
- Devengo, sólo en caso de fallecimiento antes de 31 diciembre del año.
- Asignación tributaria a la Iglesia Católica y/o otros fines de interés social. Representante. País de residencia en la UE o EEE en el ejercicio.
- Situación familiar: descendientes y ascendientes. Aquí también es importante marcar si tienen acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33%, para que la declaración salga más ventajosa.
- Declaración complementaria del ejercicio. Solicitud de rectificación de autoliquidación.
2. Datos Económicos
- Rendimientos del trabajo (sueldos, nóminas, pensiones, etc.).
- Rendimientos del capital mobiliario (intereses, dividendos, seguros de vida, etc.).
- Rendimientos del capital inmobiliario (rentas derivadas de los inmuebles a disposición de sus titulares, arrendados o cedidos a terceros, no afectos a actividades económicas. En caso del alquiler del inmueble, no empresarial, como la renta se computa neta de gastos, hay que incorporar, entre otros, los satisfechos por intereses/ gastos por su financiación, los de reparación o conservación –no los de mejora-, IBI o tasas limpieza o basuras, primas de seguro. es importante marcar si se destina a vivienda por el arrendatario porque tiene reducción del 60%).
- Rendimientos de actividades económicas, empresariales o profesionales (el rendimiento neto se determina por la llamada estimación directa, normal y simplificada, o la estimación objetiva, también llamado régimen de módulos)
3. Regímenes especiales: Como el régimen de imputación de rentas inmobiliarias, sobre el valor catastral, del 2% o 1,1%, si dicho valor catastral ha sido revisado. Y otros regímenes especiales de trabajadores desplazados, de atribución de rentas por Agrupaciones de interés económico, o imputación de rentas por cesión de derechos de imagen, entre otros.
4. Ganancias y pérdidas patrimoniales: Derivadas por ejemplo de transmisiones de inmuebles, de acciones, de obtención de premios. En este punto es muy importante incluir los gastos incurridos, porque te los puedes deducir. O si has tenido pérdidas, se podrán compensar con las ganancias. Por ejemplo, si has tenido pérdidas en bolsa las puedes compensar con las ganancias.
5. Integración y compensación de rentas: Según el tipo de rentas se integran en la Renta General o en la Renta del Ahorro, y que por aplicación de reglas de compensaciones determinará la Base Imponible General o Base Imponible del Ahorro.
6. Determinación de la renta sujeta a gravamen, o la llamada Base Liquidable, General o del Ahorro:
- Base liquidable general (que se obtiene aplicando a la Base imponible General las reducciones por tributación conjunta, por aportaciones a planes de pensiones, mutualidades de previsión social, patrimonios protegidos por discapacidad, por pensiones compensatorias por separación o divorcio, entre otros).
- Base Liquidable del ahorro (que se obtiene minorando la Base Imponible del Ahorro, en su caso, por el remanente no aplicado, de las reducciones por tributación conjunta, por pensiones compensatorias y anualidades por alimentos, sin pueda resultar negativa. La base liquidable del ahorro será siempre positiva o cero.
7. Cálculo de las cuotas integras, estatal y autonómica, con aplicación de mínimo personal y familiar.
- Cálculo de la cuota líquida, que se obtiene aplicando sobre la cuota íntegra:
- Deducciones generales (por donativos, por inversión en empresas de nueva o reciente creación, por incentivos y estímulos a la inversión empresarial, por inversión en vivienda habitual -solo en régimen transitorio-, o por alquiler de la vivienda habitual -solo en régimen transitorio-, etc.
- Deducciones autonómicas (establecidas por la Comunidad Autónoma de residencia del declarante). Estas deducciones contribuyen enormemente a aumentar el ahorro en la declaración de la renta.
- Otras deducciones (por ejemplo, para evitar doble imposición internacional…).
- Retenciones, aplicando sobre la cuota líquida las retenciones soportadas se obtiene la cuota diferencial, a la que se aplican, en su caso, deducción por maternidad, por familia numerosa o ascendiente o por persona discapacitada a cargo, dando lugar al resultado de la declaración: ingreso o devolución.
Una vez repasados todos los apartados e incorporados todos los datos, hay que añadir los datos bancarios de la cuenta, que va a servir tanto si te sale a ingresar como a devolver. En caso, de que salga a ingresar puedes fraccionar el pago en dos plazos, el primero se cargaría cuando vence el plazo de la declaración, el 30 de junio y el segundo el 5 de noviembre.
Finalmente, selecciona presentar la declaración, donde saldrá la opción de confirmar y firmar declaración.