Capitalización de intereses
La capitalización de intereses o anatocismo se produce cuando los intereses de una deuda pendiente devengados se suman al capital pendiente para el cálculo de los nuevos intereses.
Estamos ante un concepto sencillo de entender, pero complejo desde un punto de vista legal. Consiste en que el acreedor puede exigirnos intereses sobre los intereses vencidos. De esta forma, la deuda será aún mayor.
Por ejemplo, si debemos 1.000 dólares desde hace dos años, se nos puede exigir un interés sobre los intereses acumulados. Supongamos que los vencidos son 200 dólares, los nuevos se calcularían sobre 1.200 dólares y no sobre los 1.000 del capital pendiente.
La problemática de la capitalización de intereses
La capitalización de intereses se permite en la legislación de muchos países. En España, por ejemplo, está reconocida en el Código Civil y el Código de Comercio. Sin embargo, esta tiene una serie de requisitos y restricciones para que no sea calificada por los jueces como usura.
El problema es que confluyen dos derechos. Por un lado, el del deudor a tener una vida digna, ya que puede ocurrir que la deuda resultante sea asfixiante. Por otro, el del acreedor a cobrar intereses sobre los que ya han vencido.
El interés de demora en la capitalización de intereses
Cuando solicitamos un préstamo puede suceder que, por una situación imprevista, no podamos pagar alguna cuota. A su vez, durante ese periodo de impago se van generando los llamados intereses devengados.
De esta forma, la capitalización de intereses los tiene en cuenta para el cálculo del montante total. El problema es que la deuda se hace aún mayor, ya que tendremos que pagar intereses sobre estos que han vencido, pero no se han pagado.
Normalmente, vendrá estipulado en el contrato, y por eso conviene asesorarse bien antes de firmar. Por otro lado, la educación financiera también es de gran utilidad y adquirir conocimientos sobre conceptos bancarios puede evitar situaciones no deseadas.
Capitalización de intereses, hipotecas y usura
La problemática de cobrar intereses sobre otros es mayor en el caso de las hipotecas. Al solicitar un préstamo de este tipo, normalmente lo vamos a dedicar a la vivienda habitual. Como este aspecto es muy sensible socialmente, suele legislarse para evitar la usura.
De esta forma, las leyes hipotecarias de países como España prohíben este tipo de cláusulas en los contratos, al considerarlas abusivas. Por otro lado, el montante pendiente en estos préstamos puede ser muy elevado y, por tanto, los intereses también lo son.
Ejemplo de capitalización de intereses
Veamos un sencillo ejemplo. Hemos solicitado al banco una hipoteca por importe de 100.000 dólares. Los primeros años todo iba bien, pero este año tenemos tres cuotas de 300 dólares sin pagar. Imaginemos que los intereses devengados (los del préstamo) son 30 dólares.
Ahora el banco realiza una capitalización de intereses. Por tanto, a la deuda de capital de 900 dólares le añade los 30 dólares de interés y sobre eso calcula el interés de demora. Como estaría prohibido por la legislación, solo podrá cobrar la demora sobre el capital pendiente de los 900.