Derecho subjetivo
El derecho subjetivo constituye los poderes y facultades que tienen los ciudadanos para satisfacer sus propios intereses de acuerdo con su posición como titulares de los derechos concedidos por las leyes y códigos normativos.
Dicho de otro modo, el derecho subjetivo hace referencia a las facultades que nacen para los ciudadanos para ejercer los derechos que les concede la ley.
Las leyes y códigos normativos constituyen el derecho objetivo, es decir, el conjunto de normas y reglas que regulan la vida cotidiana.
Por tanto, el derecho objetivo instituye los derechos y obligaciones y los límites para desarrollarlo en un código escrito, ya sea ley, decreto o constitución. Y el derecho subjetivo es la facultad que deriva de ese derecho u obligación que contiene las normas jurídicas.
Ejemplo
Para comprender mejor qué significa, vemos algunos ejemplos:
- El derecho de propiedad, es decir, el derecho sobre una cosa, es un derecho subjetivo. El titular de este derecho podrá actuar para satisfacer sus intereses a través de este derecho de propiedad, vendiéndolo, modificándolo, etc. Pero las limitaciones a este derecho se encuentran dentro de un código legislativo que es derecho objetivo.
- Por tanto, este derecho subjetivo (derecho de propiedad) se encuentra recogido en un derecho objetivo, el Código Civil.
- El derecho a los recursos son derechos subjetivos. Una persona podrá recurrir a aquellas resoluciones administrativas o judiciales siempre y cuando esté previsto en una norma, es decir, en el derecho objetivo, la posibilidad de recurrir.
- Por tanto, este derecho subjetivo, derecho de recurrir, se encuentra recogido en un derecho objetivo, los códigos procesales.
Características
Las principales características son:
- Este derecho no hace referencia a las normas jurídicas, sino que son facultades derivadas de la propia norma.
- No establece obligaciones a la ciudadanía, este derecho es la posibilidad que tiene el ciudadano de ejercer el derecho que se le atribuye en una norma. No es imperativo.
- Cuando el ciudadano ejerce un derecho subjetivo debe respetar los límites establecidos por los derechos subjetivos de terceros.
- Nace del derecho objetivo.
- Este derecho puede representar la facultad del ciudadano de obligar a otra persona a cumplir con una obligación.
- El principal objetivo de este derecho es satisfacer o gobernar los propios intereses del titular de este derecho.
- Pueden ser de índole pública o privada.
- El derecho subjetivo siempre se basa en una norma jurídica.
- El titular de este derecho puede ser una persona física o una persona jurídica.
- El objeto de este derecho son las cosas sobre las que recae el derecho subjetivo, da igual que la cosa sea material (derecho de propiedad) o inmaterial (propiedad intelectual).
Clasificación
La principal clasificación que se realiza es la siguiente:
- Derechos reales: Los derechos reales consisten en un poder que tiene una persona ya sea jurídica o física sobre una cosa y frente a terceros, que permite que nadie use y disfrute de la cosa sobre la que tiene este poder jurídico. El titular de un derecho real tiene una potestad sobre una cosa.
- Derechos personales: El titular de un derecho personal tiene la facultad de exigir a otra persona un comportamiento (dar, hacer o no hacer).
Derecho objetivo versus Derecho subjetivo
El derecho está conformado por derecho objetivo y subjetivo. Estos conceptos no son contrapuestos, sino que se complementan para crear el ordenamiento jurídico de un Estado. No hay posibilidad de que haya un derecho objetivo que no conceda derechos, ni uno subjetivo que no dependa de una normativa. Se necesitan mutuamente.