Nulidad matrimonial

La nulidad matrimonial es la disolución del vínculo del matrimonio como si nunca hubiese existido, por lo que un matrimonio que obtiene la nulidad nunca estuvo casado.

La nulidad supone que el matrimonio fue constituido con anomalías que de haberse conocido no se hubiese podido celebrar, con independencia de la forma civil o religiosa de su celebración. Existía apariencia de validez del vínculo matrimonial y por eso se pudo constituir.

Habitualmente en los códigos civiles, la nulidad matrimonial solo se otorga bajo motivos tasados, a diferencia del divorcio o la separación que suele otorgarse con la mera voluntad de los cónyuges.

Divorcio – Nulidad – Separación

La nulidad matrimonial es diferente del proceso de divorcio y de la separación.

La nulidad de matrimonio significa que el vínculo conyugal nunca existió desde el principio, aunque tuviese apariencia de validez, debido a ciertos defectos tales como la incapacidad de los contrayentes o la forma del matrimonio que no fue la correcta.

En resumen, se incumple alguno de los requisitos que se exige para la celebración del matrimonio válido. Esta nulidad se debe tramitar ante la autoridad judicial y solo podrá otorgarse la misma a través de sentencia.

La separación matrimonial es la ruptura de la convivencia matrimonial pero no rompe el vínculo conyugal. En cambio, el matrimonio es válido desde su celebración y produce sus efectos con normalidad.

El divorcio es la ruptura del vínculo conyugal, aunque esto no significa que hubiera alguna anomalía o error en la celebración del matrimonio. Existió y fue válido, pero no debe tener un motivo tasado, solo se insta este divorcio por el simple acuerdo entre los cónyuges.

Nulidad Matrimonio Imagen

¿Quién puede solicitar la nulidad matrimonial?

A diferencia del divorcio o la separación, la nulidad matrimonial puede ser solicitada por más personas aparte de los propios cónyuges.

Puede solicitar la nulidad:

  • Cualquier persona que tenga un interés legítimo y directo. Por ejemplo, un padre que conoce el matrimonio de una hija menor de edad.
  • El ministerio fiscal.
  • Cualquiera de los cónyuges.

Causas de nulidad matrimonial

Existen varias causas por las cuales se puede otorgar esta nulidad:

  • Ausencia de capacidad de los contrayentes: Cada país establece una edad mínima para poder contraer matrimonio, si este límite no se cumple y se casa alguien que no tiene capacidad según el código civil, el matrimonio nunca existió y será nulo.
  • Existencia de impedimentos matrimoniales: Cada país establece ciertos impedimentos que en caso de no respetar harán el matrimonio nulo. Por ejemplo, el matrimonio entre hermanos o padres e hijos. Se establece según el grado de consanguinidad.
  • No cumplir con la forma exigida para la celebración del matrimonio: Igualmente, cada país establece las formas elementales para la constitución del matrimonio. Estas formas pueden tratarse de la necesidad de testigos y de una autoridad específica que tenga competencia para celebrar el matrimonio. Si no se siguen estas formas, el matrimonio será declarado nulo.
  • Vicios en el consentimiento: Esto significa que, en caso de constituir el matrimonio a través de coacción o miedo grave, también hará al matrimonio nulo.

Nulidad matrimonial civil y nulidad matrimonial eclesiástica

Tradicionalmente, era la Iglesia católica quién se encargaba de decretar la nulidad de matrimonios celebrados conforme al orden canónico.

Para la Iglesia, existen ciertos impedimentos o requisitos que hacen un matrimonio nulo que para el derecho civil no lo serían. Por tanto, la nulidad eclesiástica solo tendría efectos en el ámbito canónico.

Sin embargo, dependiendo del país, se suele acomodar la nulidad eclesiástica a la civil para que la misma tenga los efectos que hubiese tenido una nulidad matrimonial decretada por un juez en sentencia. Pero esto dependerá del país e incluso del caso concreto.

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Elena Trujillo , 29 de abril, 2021
Nulidad matrimonial. Economipedia.com