Pagaré conformado

Un pagaré conformado es una promesa de pago de una persona física o jurídica certificado por una entidad bancaria. En él, el intermediario financiero garantiza el pago a la fecha acordada, desde una cuenta del deudor con fondos suficientes.

Como explicamos en la definición de pagaré, un pagaré es un título de crédito que certifica una promesa de pago. En dicho documento se incluyen las condiciones en las que el pago debe tener lugar. Las más importantes son la definición de las partes (quién paga a quién), el importe y los plazos.

La emisión de un pagaré no cuenta con más garantía que la confianza del emisor, que es quien redacta el documento. En otras palabras, la aceptación se basa en que el acreedor confíe en que el deudor cumplirá con su compromiso en la fecha acordada.

Como es natural, esto puede generar dudas sobre la capacidad de pago del emisor del pagaré. Es aquí donde entran los pagarés conformados, donde un banco certifica la existencia de fondos suficientes para afrontar el pago acordado. En cierto modo, se busca que así el deudor pueda generar más confianza en los acreedores y esto facilite la aceptación de sus promesas de pago.

Características del pagaré conformado

Si bien los pagarés suelen ser redactados por el emisor, en los conformados se requiere el sello de una entidad financiera. Para ello, el banco en cuestión requiere que el deudor mantenga abierta una cuenta con fondos suficientes.

De esta manera, el sello de la entidad bancaria certifica dos cosas. En primer lugar, que en el momento de la emisión del pagaré hay fondos disponibles superiores al importe de la promesa de pago. En segundo lugar, que el banco está autorizado a reservar ese dinero de la cuenta hasta que el pago se haga efectivo.

Gracias a esta operativa, el deudor pierde la disponibilidad sobre ese monto, lo que significa que no puede sacar ese dinero de la cuenta ni gastarlo en otras cosas. Lo cual genera una mayor confianza en el acreedor, que ahora cuenta con la seguridad de que habrá fondos cuando llegue la fecha de pago.

Otras características

El hecho de estar certificado por una entidad bancaria no cambia las demás características del pagaré conformado, con respecto a otros tipos de pagaré. La más importante de ellas es la transmisibilidad.

Esto significa que el pagaré puede circular de un acreedor a otro como parte de una transacción, si ambos lo aceptan. Recordemos que, al fin y al cabo, un pagaré es un derecho de crédito, y, por lo tanto, un activo financiero.

En este caso, igual que un banco compra un título de deuda pública y luego lo vende a sus clientes, también puede ocurrir con un pagaré.

Pensemos, por ejemplo, en un exportador de vino cuyo cliente no puede pagarle al contado, y ambos acuerdan un pagaré a 60 días. Sin embargo, esto genera problemas de tesorería en el exportador, que al no haber cobrado la venta, no tiene dinero suficiente para pagar a su proveedor de corcho.

En esta situación, el exportador no tiene dinero suficiente, pero cuenta con otro activo financiero en su lugar: el pagaré. Si llega a un acuerdo con su proveedor, puede liquidar sus compras pendientes de pago, transfiriéndole a cambio la promesa de pago de su cliente.

Al pasar los 60 días y llegada la fecha de pago, el proveedor de corcho haría uso del pagaré en su poder. En este caso, el importador de vino debería pagarle a él, en lugar de hacerlo al exportador, como se había acordado inicialmente.

Diferencias entre pagaré y pagaré conformado

  • En el pagaré, los únicos firmantes son el deudor y el acreedor. En el conformado, interviene también la entidad bancaria donde el deudor tiene abierta la cuenta vinculada.
  • En el pagaré conformado es necesario tener abierta una cuenta bancaria vinculada con fondos suficientes en el momento de la emisión. En el resto de pagarés, esto no es necesario.
  • En el pagaré conformado, el emisor pierde la disponibilidad de uso de una parte de sus fondos, equivalente al importe del pago acordado. En el resto de pagarés, el emisor puede seguir administrando libremente todos sus activos.
  • En el resto de pagarés, la única garantía es la confianza en la voluntad y capacidad de pago del deudor. En el conformado, se añade la existencia de fondos que serán reservados por el propio banco hasta que el pago se haga efectivo.

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Federico J. Caballero Ferrari , 05 de julio, 2023
Pagaré conformado. Economipedia.com