Recurso de revisión
El recurso de revisión es un medio de impugnación extraordinario a disposición de las partes en un proceso judicial ante resoluciones por motivos tasados en la ley y que constituye un proceso autónomo.
Este medio de impugnación es totalmente extraordinario. Esto significa que no se puede utilizar este tipo de recurso para impugnar cualquier resolución (providencia, auto o sentencia) con la que una de las partes no esté de acuerdo, sino que solamente puede impugnarse por motivos tasados en la ley.
Su regulación dependerá de en qué proceso nos encontremos. Es decir, no es lo mismo el recurso de revisión en el proceso penal que en el proceso civil o en el proceso administrativo.
Características
Las características esenciales de este recurso de revisión:
- Constituye un proceso autónomo, ya que es una nueva pretensión de carácter impugnatorio sobre unos nuevos hechos.
- A pesar de impugnar una resolución no sigue el proceso original, y no resuelve el superior jerárquico o el propio tribunal, sino que abre otro nuevo proceso con otros nuevos hechos.
- Solo pueden impugnarse sentencias firmes que hayan resuelto el fondo del asunto. O, en el caso del proceso administrativo, lo que puede recurrir esta revisión son actos administrativos firmes, es decir, los que agotan la vía administrativa y obligan a acudir al proceso judicial.
- En el proceso penal solo podría utilizarse esta arma procesal ante la sala de lo penal del Tribunal Supremo.
- Está regulado en los códigos procesales: administrativo, penal o civil.
- Pueden imponer este medio de impugnación aquellos afectados por la sentencia firme.
- En la legislación española el recurso de revisión se puede interponer hasta 5 años pasados desde que se dictó la sentencia firme.
- Es necesario prestar fianza.
- No tiene efectos suspensivos de la ejecución de la sentencia firme.
Motivos para interponer recurso revisión
Los motivos principales para usar esta revisión son:
- La resolución se ha dictado valorando pruebas de documentos o testimonios declarados después falsos.
- La confesión del imputado ha sido conseguida por violencia o coacción.
- Estos hechos que han causado que se haya dictado esa sentencia firme que se pide revisar deben haber sido declarados fraudulentos en sentencia firme.
- Cuando haya recaído sentencia firme condenando por el delito de prevaricación a alguno de los jueces.
- Otro motivo es cuando, después de dictar la sentencia, salgan a la luz pública el conocimiento de hechos o elementos de prueba que, de haber sido aportados, hubieran determinado la absolución o una condena menos grave.
Efectos
Los principales efectos dependen de si la resolución del tribunal es favorable o desfavorable:
- Se desestima la revisión: se confirma la sentencia firme y se condena en costas al demandante.
- Se estima la revisión: la sentencia revisada dejará de tener efectos y será anulada. A su vez, el juez tiene que hacer una certificación del fallo.