Contrato de adhesión

El contrato de adhesión es un tipo de contrato donde una parte redacta el contrato predisponiendo unas condiciones generales sin margen de negociación y la otra parte o las acepta perfeccionando así este tipo de contrato o no las acepta. En ese caso, no se modifica el contrato de acuerdo a la voluntad de las partes, sino que no se firma.

Estos contratos de adhesión son conocidos como los contratos en masa, son todos aquellos contratos de grandes empresas que tienen estipuladas unas condiciones generales iguales para todas aquellas personas que quieran contratar con ellos.

Habitualmente, afectan al derecho de consumo, ya que son los contratos más utilizados en este ámbito.

Por ejemplo, imagínese un contrato de telefonía móvil, en la televisión anuncian que si contratas con alguna compañía telefónica tendrás determinados gigas a un precio establecido. El consumidor solo tiene que adherirse a esas condiciones para que se firme el contrato y comience a desplegar sus consecuencias jurídicas.

Aunque como contrato es un acuerdo de voluntades, no es una negociación pura entre las dos partes. Esto es así sobre todo porque lo que caracteriza a estos contratos es que la parte predisponente, que es el profesional, pone las condiciones y suele tener mucho mayor poder que la parte que lo contrata, el adherente. Imagínese un contrato con eléctricas, plataformas digitales, etc.

Partes en el contrato de adhesión

Las dos partes que conforman este tipo de contrato son:

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Características

Las principales características de este tipo de contrato son:

  • Son muy habituales en el tráfico jurídico. Más en el mercantil que en el civil. Habitualmente utilizadas para contratos de telecomunicaciones y energéticos.
  • Tienen una regulación especial. En España encuentran regulación en la Ley de Condiciones Generales de la Contratación.
  • Son seguidos de cerca por la defensa de los consumidores, ya que en algunos casos esas cláusulas pueden llegar a ser abusivas para ellos. Además, debido a su complicada negociación, hace que el consumidor o se adhiere al contrato o no puede contratarlo. El margen de negociación es muy pequeño.
  • Para que estos contratos sean válidos, las condiciones predispuestas deben ser:
    • Legibles, claras y comprensibles.
    • El adherente debe haber aceptado todas ellas. Debe haber sido informado al respecto.
    • El adherente tiene que recibir un ejemplar de las condiciones.

Condiciones generales de la contratación

La característica principal de este tipo de contrato y que hace que sea fácil identificarlo, son las condiciones generales de la contratación.

Son cláusulas predispuestas que se incorporan al contrato impuesto por una de las partes, el predisponente. Es indiferente su apariencia externa, su extensión y cualquier otra circunstancia. La finalidad de estas cláusulas son ser incorporadas a muchos contratos.

El hecho de que se negocie alguna de las cláusulas no significa que dejen de ser condiciones generales de la contratación y, por tanto, sigue siendo un contrato de adhesión.

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Elena Trujillo , 01 de julio, 2022
Contrato de adhesión. Economipedia.com