Periodo de carencia

El periodo de carencia es un retraso, o aplazamiento de pago recogido en muchos tipos de relación contractual. Supone un periodo de tiempo de exención de cumplimiento de un contrato.

El establecimiento de un determinado periodo de carencia se traduce en la no obligación de cumplimiento de unas condiciones determinadas en una fase temporal. Dicho incumplimiento puede ser tanto total como parcial.

Habitualmente, este tipo de condiciones temporales son pactadas en los distintos contratos entre los agentes económicos. Es decir, sea cual sea la naturaleza de la relación contractual, cabe la posibilidad de establecer periodos de carencia previamente pactados.

Siguiendo esto último, la presencia de estas carencias suele ser reflejada por medio de cláusulas específicas que indiquen el periodo de tiempo acordado en un inicio.

Características de un periodo de carencia

Generalmente, los periodos de carencia existentes comparten diversos rasgos a tener en cuenta. Entre estos, conviene resaltar los siguientes:

  • Formalización: Están previamente pactados y formalizados por medio de un contrato o una póliza.
  • Grado de carencia: Las condiciones a pausar por medio de una carencia pueden ser totales o parciales. En el caso de pagos mediante cuotas, estas pueden anularse temporalmente o bien reducirse en un porcentaje en particular. Es muy habitual la modalidad en la que solamente se pagarían intereses generados, y no parte del principal, en préstamos bancarios.
  • Fecha de inicio de carencia: Hay ocasiones en que la carencia se aplica al inicio, como modalidad de oferta y atracción de nuevos clientes. Por otro lado, en sectores como el asegurador, es habitual que se establezcan periodos de tiempo mínimos para la aplicación del contrato.
  • Sentido ventajoso o de incentivo: La posibilidad de establecer periodos de carencia funciona a menudo como incentivo para la contratación de un seguro, un préstamo hipotecario o cualquier otro producto similar que esté sujeto a esta característica.
  • Contingencias: La aplicación de carencias puede ser a petición del cliente, a modo voluntario o por la aparición de otros factores como desempleo, enfermedad…
  • Cambio de vencimiento: La adopción de un periodo de este tipo supone, simultáneamente el retraso de la fecha de finalización del contrato en la misma cantidad de tiempo.
  • Modificación de otras condiciones: En ocasiones, al establecer una carencia, el contrato indica la necesaria modificación de otras condiciones. Ejemplo de ello pueden ser un aumento de las siguientes cuotas o el impacto de mayor tipo de interés.

Aplicaciones prácticas de un periodo de carencia

En el día a día económico, existen ejemplos habituales de periodos de carencia establecidos en todo tipo de contratos.

Los ejemplos  de aplicación más recurrentes se encuentran en los siguientes ámbitos económicos:

  • Préstamos y créditos: Sectores como el bancario, establecen relaciones contractuales entre la entidad y el cliente, por medio de préstamos y créditos, de toda naturaleza. Es habitual que existan condiciones pactadas en las cuales el cliente deje temporalmente de abonar las cuotas de devolución a modo de ventaja.
  • Pólizas de seguros: Las empresas aseguradoras establecen este tipo de condiciones en casi la totalidad de sus productos. Las pólizas funcionan con carencias que evitan la contratación de seguros para eventos cercanos y que no hayan generado suficientes cuotas. En ese tiempo, la cobertura no se aplica de forma completa.
  • Mercado bursátil: En términos de emisiones de valores, es habitual la aplicación de periodos de carencia hasta el primer pago por la adquisición de títulos.
  • Ámbitos jurídicos: Al margen de sectores como el de las aseguradoras y el financiero, existen otras aplicaciones de carencias en la cotidianidad. Especialmente en relaciones laborales y jurídicas. Un ejemplo sencillo sería una carencia en el pago de dietas o manutenciones por sentencia judicial, así como de multas y sanciones.

A menudo, el concepto de periodo de carencia suele identificarse o confundirse con el de periodo de moratoria. No obstante, en la práctica económica la diferenciación entre ambos es que la carencia suele establecer el mantenimiento del pago de intereses y exención del principal.

Sin embargo, esta diferenciación suele ser menos estricta y condicionada a las características estipuladas en cada contrato o póliza.

¿Quieres referenciar este artículo?

Javier Sánchez Galán , 11 de diciembre, 2020
Periodo de carencia. Economipedia.com