En muchas ocasiones, los clientes entran a su oficina bancaria y la sucursal está repleta de publicidad, panfletos y carteles anunciando jugosas rentabilidades acompañados por llamativos regalos. Los asesores comerciales hacen hincapié en que ofrecen el producto bancario del año e insisten en que el cliente firme lo antes posible, que no le dé mayor importancia al farragoso y minúsculo texto del contrato. Ante semejantes argumentos, son muchos los que sin pensárselo dos veces, obvian la letra pequeña del contrato y terminan firmando. Desafortunadamente, en muchos casos, luego llegan los disgustos.
Pues bien, para evitar llevarse sorpresas desagradables, en Economipedia explicamos la importancia que tiene leer la letra pequeña antes de firmar un contrato bancario. Y es que, esos extensos textos de reducido tamaño, pueden conllevar importantes obligaciones y penalizaciones para quienes contraten un producto bancario.
Puede que queramos contratar un seguro, una tarjeta de crédito, abrir una cuenta, solicitar un crédito, un plan de pensiones o un fondo de inversión. En cualquier caso, si no prestamos atención a la letra pequeña podemos enfrentarnos a cláusulas abusivas y deudas demasiado onerosas.
Cuentas bancarias
Especial interés merecen las cuentas bancarias. Son muchos quienes acuden a su entidad bancaria para abrir una cuenta en la que depositar sus ahorros o para ingresar mensualmente su sueldo. Ahora bien, deberemos leer la letra pequeña para estar al tanto de las posibles comisiones que puedan cobrarnos. Entre estas comisiones pueden encontrarse:
- Comisiones de mantenimiento: Como su propio nombre indica, el banco cobra al cliente por los costes que conlleva mantener una cuenta para el cliente. Por ello, la entidad bancaria cobrará una comisión con cierta periodicidad: mensual, trimestral o anual.
- Comisiones de administración: El banco efectuará un cargo por cada apunte registrado en la cuenta.
- Comisiones por transferencias: Supone un pequeño cargo para el cliente con motivo de la realización de una transferencia bancaria.
- Comisión por retirada de efectivo: Se cobra al usuario que acude a retirar efectivo a un cajero automático que no sea propiedad de la entidad bancaria en la que mantiene una cuenta abierta.
Dejando a un lado las comisiones, habrá que estar al tanto de las obligaciones que conlleve la tarjeta asociada a la cuenta bancaria. Es posible que haya que efectuar un consumo mínimo con la tarjeta de crédito e incluso esta, suponga costes de mantenimiento.
El periodo de permanencia será otro aspecto a valorar. De cancelar una cuenta antes de transcurrir el tiempo determinado en el contrato, la entidad nos impondrá la correspondiente penalización. Y cómo no, tampoco podemos dejar el tratamiento fiscal o lo que es lo mismo, el porcentaje que Hacienda nos retendrá por las ganancias de capital mobiliario.
Contratos de seguros
Recientemente, los seguros están experimentando un gran auge en el mundo de la banca. Por ello, antes de suscribir un contrato de seguros será necesario conocer cuál será el importe de la prima y con qué frecuencia deberá abonarse.
Todo contrato de seguro se materializa en una póliza, por lo que es más que conveniente leer las condiciones que se recogen en la póliza de seguros. En este sentido, deberá quedar claro quién es el asegurado y cuál o cuáles son los bienes asegurados. De no quedar bien delimitados los bienes asegurados, a la hora de producirse un siniestro, podemos enfrentarnos a cuantiosas pérdidas económicas.
Tampoco podremos olvidarnos de estudiar detenidamente la cobertura que nos brinda el seguro. De ese modo sabremos hasta qué punto estamos protegidos de un siniestro, sabiendo cuáles serán las indemnizaciones y qué supuestos están incluidos o excluidos.
En todos los contratos, y especialmente, en el de seguros, hay que tener en cuenta el propio sentido de las palabras. La gramática juega un importante papel, pues conjunciones como “y” y “o” pueden marcar la diferencia. En cuanto a las exclusiones, tendremos que estar alerta ante expresiones adversativas como “sin embargo” y otras delimitativas como “mayor que” o “menor que”.
Productos financieros
Son muchas las quejas en boca de los clientes decepcionados con los productos de inversión. Muchas de estas situaciones hubieran podido evitarse habiendo leído y meditado la letra pequeña de este tipo de contratos. En primer lugar, por lo que a los productos de inversión se refiere, habrá que entender en qué consiste este producto. Por ello, será necesario conocer los métodos de cálculo de las rentabilidades.
Conceptos como “rentabilidad garantizada” o adjetivos como “asegurado” son un buen gancho para captar inversores. En cualquier caso, pese a esta denominación, es recomendable estudiar a fondo los productos de inversión. De hecho, quienes ofrecen productos de inversión tienen la obligación de advertir en los folletos informativos de que ni el capital invertido ni la rentabilidad están garantizados.
Mención especial merecen las penalizaciones. Si deseamos proceder a retirar fondos antes de que se cumpla el periodo de tiempo pactado, podemos enfrentarnos a sanciones. Todo esto se debe a que muchos productos financieros no pueden venderse fácilmente antes de que tenga lugar el vencimiento.
Al igual que en las cuentas bancarias, en los productos financieros, deberán valorarse las posibles comisiones que conlleven. Tampoco podemos olvidarnos de un aspecto fundamental: la calificación de los productos financieros. Será de gran trascendencia estar al tanto de la nota de los productos de inversión en cuanto a solvencia. En otras palabras, la calificación de un producto será un fiel reflejo del riesgo de impago.