Acción procesal

La acción procesal es el medio para judicializar un conflicto. En este sentido, es la base de las demandas que inician los procesos judiciales.

Cuando una persona física o jurídica quiere que un juez solucione un conflicto, tiene que iniciar el proceso judicial y para ello debe interponer una demanda. ¿Qué contiene esa demanda? La demanda contiene una acción procesal. Esta acción es un derecho fundamental que salvaguarda el acceso a los tribunales.

Dependiendo de cual sea la pretensión, así será la acción procesal que se interponga. Por ejemplo, una persona (A) contrata con otra (B) un servicio a cambio del pago de un precio.

(B) cumple con su parte del contrato y entrega el servicio, pero (A) no cumple con su parte y no paga el precio. En este punto, después de varias reclamaciones extrajudiciales, (B) decide llevar el conflicto ante un juez para que obligue a pagar el precio pactado a (A). En este punto, debe interponer una demanda, y esa demanda debe contener una acción. Esta acción será la de reclamación de cantidad y se basará en una disposición legal.

Características de la acción procesal

Las principales características que definen a las acciones procesales son las se muestran a continuación:

  • Su función es el impulso procesal. Es decir, inicia el procedimiento judicial.
  • Para que se pueda iniciar una acción debe haber un derecho subjetivo que proteger.
  • Todas las acciones que inician el proceso judicial son procesales.
  • Las acciones que no inician la actividad judicial son las acciones extrajudiciales.
  • La acción fija el objeto del juicio sin que pueda debatirse de otra cosa distinta.
  • A la acción iniciada por la parte demandante, podrá el demandado interponer excepciones u oponerse a la misma.
  • Excepto en las acciones penales, quién ostente la acción procesal debe ser la persona física o jurídica que ha visto lesionado su derecho subjetivo.
  • No es necesario que solo se interponga una acción, se pueden acumular las pretensiones cumpliendo ciertos requisitos.
  • Pueden ser titulares de la acción tanto personas jurídicas como físicas.
  • Cuando se inicia el proceso judicial y se interpone esta acción, se pueden prever acciones subsidiarias de la principal para aquellos casos en los que los jueces no estimen la acción principal.

Tipos de acciones procesales

A continuación, mostraremos los principales tipos de acciones procesales:

  • Acción civil: Dentro de estos tipos de pretensión judicial se encuentran aquellas que protegen los derechos recogidos en los códigos civiles, como la reclamación de cantidad o un divorcio, por ejemplo. Dentro de estas acciones, existen acciones de condena, declarativas, etc.
  • Acción penal: En este caso, el inicio del procedimiento no tiene porque ser por parte de quién ha sufrido la lesión en su derecho, sino que se iniciará por los agentes judiciales. Basado en los derechos recogidos en los códigos penales.
  • Acciones contencioso-administrativo: Esta pretensión fundará la lesión de un derecho en relación con las administraciones públicas.
  • Acción laboral: Tendrá cabida en el marco del derecho de los trabajadores. Por ejemplo, una acción de despido improcedente.
  • Acción mercantil: Estas serán destinadas a los conflictos surgidos en el tráfico empresarial. Por ejemplo, una acción de iniciación de concurso de acreedores.

Más allá de la diferencia existente entre las acciones por jurisdicción hay que diferenciar entre las acciones personales y reales:

  • Acción personal: Esta pretensión se inicia por una persona determinada contra otra persona determinada. El ejemplo de más arriba es perfecto para entender esta acción. Nace esta acción por la obligación que existe entre las dos personas.
  • Acción real: En este caso la pretensión se inicia por una persona determinada pero no contra otra, sino que tiene sentido en la relación de esta persona con un objeto. Nace esta acción por la obligación que existe entre la persona y la cosa. Por ejemplo, la acción posesoria.

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Elena Trujillo , 19 de enero, 2021
Acción procesal. Economipedia.com