Fiscalidad de las SICAVs en España

El término de SICAV es conocido como sinónimo de facilidades fiscales, ya que tiene un régimen fiscal especial en España (cada país tiene condiciones diferentes).

Dicho régimen, está condicionado a que el número de accionistas sea igual o superior a 100. En la mayoría de casos, se utiliza la figura de mariachis que son personas físicas normalmente del propio banco (por ejemplo empleados) para completar la suma mencionada.

Fiscalidad de las SICAVs

En cuanto a las condiciones fiscales de las SICAVs destacan las siguientes:

  • El tipo de gravamen de la SICAV en el Impuesto de Sociedades es del 1%. Eso sí, cuando se liquidan las participaciones, hay que tributar a los tipos generales por los beneficios o plusvalías. En esa línea no hay diferencia fiscal alguna.
  • Los dividendos que se distribuyan no dan derecho al perceptor a deducción alguna por doble imposición.
  • La constitución, aumento de capital, fusión o escisión de estas sociedades gozan de exención en la modalidad de operaciones societarias del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
  • Las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión o reembolso de acciones o participaciones de IIC (instituciones de inversión colectiva) para las personas físicas se integrarán en la base imponible del ahorro. En el momento de transmisión de acciones, el propio accionista vendedor deberá tributar por el rendimiento de capital mobiliario vigente por la plusvalía obtenida.

Las SICAV, han tenido una gran expansión en los últimos años, principalmente porque son instrumentos de gran utilidad para patrimonios familiares importantes que desean aprovecharse de una fiscalidad más ventajosa, una flexibilidad en la toma de decisiones y un selecto servicio de atención comercial y de gestión.

Como decíamos, requiere un mínimo de 100 accionistas, pero no impide que el 95% del  capital esté en manos de 4 o 5 accionistas (por ejemplo, grupo familiar creador de la SICAV), teniendo el resto de socios el 5% restante, cumpliendo de esta forma una función meramente complementaria y de cumplimiento legal, aunque beneficiándose de la misma rentabilidad que los accionistas principales.

Las SICAV puede ser un instrumento de inversión que ofrece la mejor solución patrimonial:

  • Buena rentabilidad financiero-fiscal.
  • Flexibilidad.
  • Liquidez.
  • Transparencia y supervisión por la CNMV.
  • Control.

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Alfonso Peiro Ucha , 13 de octubre, 2015
Fiscalidad de las SICAVs en España. Economipedia.com