El autónomo societario es una figura del derecho mercantil que consiste en la figura de un autónomo que para desarrollar su actividad profesional crea una sociedad mercantil, convirtiéndose en una figura entre autónomo y sociedad.
Se trata de una figura creada por el tráfico jurídico que no puede encuadrarse ni en una sociedad mercantil ni en un autónomo habitual. Para considerar que una persona entra dentro de la definición de esta figura de autónomo societario debe cumplir ciertos requisitos establecidos en la ley. No significa que la persona elige si ser autónomo o emprender una sociedad limitada o anónima, significa que por la situación de su actividad profesional debe darse de alta como autónomo societario.
Esto sucede cuando se crea una sociedad, pero su fundador controla la sociedad o trabaja en ella como gerente. Es decir, si una persona física crea una sociedad y no trabaja en ella, no tendrá que cotizar como autónomo societario. Pero si la persona trabaja en ella y la dirige y además recibe una retribución por ello, deberá darse de alta como autónomo societario.
Cabe precisar que nos estamos refiriendo al caso de España, pero los detalles descritos, como las denominaciones de cada figura legal, pueden variar en cada país.
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Requisitos para ser autónomo societario
Los principales requisitos para entender cuando nos encontramos ante un autónomo societario varían en tres grupos:
- Será autónomo societario el que trabaje en la sociedad que él mismo ha creado. A su vez, desarrolla funciones de dirección y tiene al menos un 25% de participaciones. Estas funciones pueden ser onerosas o gratuitas.
- Será autónomo societario el que trabaje en la sociedad que él mismo ha creado y tenga al menos un 33% del capital de la empresa.
- También lo será el que tenga un 50% de las participaciones de la sociedad sumando las que tenga su cónyuge y las de sus familiares de consanguinidad hasta segundo grado.
Si cumple con alguno de estos requisitos se considerará un autónomo societario.
Responsabilidad
Una de las grandes diferencias entre las tres figuras de autónomo, autónomo societario y sociedad mercantil, es la responsabilidad. Cada figura dispone una responsabilidad a las personas físicas que se encuentran detrás.
- El autónomo responde por sus deudas con todo su patrimonio, no solo con el que comprende su actividad profesional.
- La sociedad mercantil responde por sus deudas solo con el patrimonio de la sociedad.
- El autónomo societario responde con su patrimonio en proporción al capital social que haya aportado a la sociedad.
Ejemplo de autónomo societario
Para entenderlo mejor vamos a ver un ejemplo:
- A es una persona física que se dedica a hacer obras de artesanía, se da de alta como autónomo y así desarrolla su actividad profesional, fabricando y vendiendo en su local estas obras.
- A decide que quiere expandir su negocio y no solo quiere vender sus obras de artesanía en su local, sino que quiere distribuirlas por el país. Para ello crea una sociedad mercantil que se encargue de la distribución y logística.
- Si A, además de fundar la entidad, mantiene un 25% de participaciones y trabaja para la empresa, y este trabajo consiste en dirigir la empresa como administrador o gerente, deberá darse de alta como autónomo societario. No es suficiente solo aportar la materia prima de sus obras de artesanía y venderlas, sino dirigir como administrador o gerente.
- Es decir, si A crea la empresa para distribuir su artesanía y lo único que hace es seguir haciendo sus obras y venderlas a la entidad sin tener control alguno de esta, y sin tener un 25% de participaciones, seguirá siendo autónomo y tendrá que emitir facturas a la sociedad para cobrar por su trabajo.
- En cambio, si A crea la empresa para distribuir su artesanía y, además de seguir realizando sus obras de artesanía, dirige la entidad que las va a distribuir en el mercado nacional y tiene al menos un 25% de las participaciones, deberá convertirse en autónomo societario y tendrá que cobrar a través de una nómina por sus funciones de gerencia.