Concursado
Un concursado es una persona física o empresa que ya no podrá administrar sus bienes de forma individual e independiente como cualquier persona, sino que necesitará una figura que colabore con él para su administración (el administrador concursal). Esto, debido a la imposibilidad de hacer frente a sus deudas y la necesidad de los acreedores de que se les pague.
Es decir, el concursado es el deudor, persona física o persona jurídica, que debido a su situación de insolvencia es declarado por un juez en concurso de acreedores.
El concurso de acreedores está formado por tres partes principalmente, la parte acreedora, la administración concursal y la parte deudora. La parte deudora la compone el concursado. Puede ser una persona física o jurídica quién ocupe esta posición en el proceso del concurso. Las administraciones públicas no pueden encontrarse en esta situación de concurso.
¿En qué consiste este concurso de acreedores? Es un procedimiento judicial específico regulado por el derecho mercantil donde hay un deudor con múltiples acreedores que no pueden ver satisfechos sus créditos. Con este proceso el deudor intenta solventar la falta de liquidez.
¿Cómo llega una persona a ser concursado?
Puede llegar por solicitud del propio deudor o por sus acreedores. Los motivos son:
- Cuando lo solicita el propio deudor: insolvencia del deudor: puede ser inminente o actual. ¿Qué significa la insolvencia? Es la situación en la que el deudor no puede hacer frente a sus obligaciones. Esto es calificado como concurso voluntario.
- Cuando lo solicitan los acreedores: para ello tiene que existir:
- Una declaración judicial o administrativa firme de insolvencia del deudor.
- Un título ejecutivo o de apremio.
- La existencia de embargos en curso que afecten de una manera general al patrimonio del deudor.
- Impago de las obligaciones del deudor.
- Impago de las obligaciones tributarias, cuotas de seguridad social al menos durante tres meses.
- Esto es calificado como concurso necesario.
¿Cuáles son los efectos de la declaración del concurso?
Las principales consecuencias patrimoniales son:
- Si el concurso es voluntario, el concursado conservará las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio.
- Si el concurso es necesario, al concursado le suspenderán las facultades de administración y disposición del patrimonio. ¿Quién hará estas funciones? La administración concursal.
- En cuanto a la actividad empresarial del deudor, puede seguir. Pero el juez concursal, o la administración concursal, pueden solicitar la suspensión de la actividad económica.
- El concursado tiene la obligación de colaborar con la administración concursal, entregando la documentación oportuna. Asimismo, tiene la obligación de comparecer ante cualquier reclamo del juez.
- No se admitirán las demandas contra el concursado hasta que no se solucione el proceso concursal.