Fundación

Una fundación es un tipo de persona jurídica. Esta se caracteriza por ser una organización que carece de ánimo de lucro. Su patrimonio se compone de las aportaciones de una serie de personas que se denominan “patronos” que componen el patronato. Sus funciones se establecen en su objeto social.

Una fundación es un tipo de personalidad jurídica. La fundación se caracteriza por ser una organización que no posee ánimo de lucro, es decir, no genera beneficios. Además, sus ingresos o patrimonio se compone por las aportaciones que sus donantes o patronos conceden a la institución. Estos donantes conforman el propio patronato de la fundación, obteniendo la distinción de patronos. Las funciones que desempeñan, además de cuidar del patrimonio, se establecen el objeto social de los estatutos de la fundación. Es decir, sus funciones están relacionadas con el fin por el que se creó la fundación.

Aunque la fundación carezca de ánimo de lucro, esto no quiere decir que esta pueda realizar actividades que aporten ingresos a la fundación. Sin embargo, este patrimonio debe utilizarse de tal forma que cumpla con los fines establecidos en los estatutos.

También, dependiendo de la legalidad vigente en cada país, la fundación posee más o menos limitaciones. Estas quedan sujetas a la legalidad vigente establecida en cada territorio.

Características de una fundación

Una fundación puede crearse con múltiples fines. Sin embargo, existen una serie de características que ilustran de forma muy clara los deberes y obligaciones generales que posee una fundación.

Dependiendo de cada una, así como del territorio donde se constituyen, las principales características son:

  • Por lo general, están exentas del pago de impuestos.
  • Su patrimonio se constituye mediante las aportaciones de los donantes o patronos.
  • Los rendimientos se utilizan para cumplir con los fines establecidos en el objeto social.
  • Son independientes al Gobierno.
  • El gobierno de estas depende del patronato o el consejo de la fundación.
  • Pueden ser creadas por un individuo, varios, así como una empresa.
  • Se suelen crear para fines de carácter social y humanitario.
  • Poseen ventajas fiscales para los donantes.

No obstante, aunque estas líneas generales ilustran las principales características que posee una fundación, dependiendo del país, estas características pueden ampliarse, reducirse o sufrir posibles variaciones.

Ventajas y desventajas de una fundación

Crear una fundación es una herramienta muy útil, especialmente para las empresas, pues canaliza toda la actividad que tenga un fin social y, además, otorga una serie de ventajas fiscales que garantizan que la cuantía íntegra de capital vaya destinada a determinados fines. Sin embargo, en ocasiones, para el Estado, las fundaciones son herramientas que se utilizan de forma perversa. 

Por esta razón, hemos resumido las ventajas y desventajas de poseer una fundación:

Ventajas:

  • Entidad menos agresiva que las sociedades mercantiles por poseer un carácter social.
  • Gozan de mayor prestigio y credibilidad social.
  • Son figuras que gozan de gran flexibilidad en las obligaciones con la administración.
  • Es una figura estable y goza de gran institucionalidad. 
  • Es una herramienta muy útil para la captación de fondos públicos y privados.

Desventajas:

  • Puede ser un canalizador de fraude fiscal.
  • Al estar separada de la sociedad mercantil, puede dar lugar a confusiones.
  • Al componerse de donantes, pueden influir en decisiones adoptadas por la dirección.
  • Una mala gestión podría manchar la reputación de la empresa.
  • La estrecha relación entre fundación y empresa podría dar lugar a conflictos de intereses.

Requisitos de una fundación

Dependiendo de cada territorio y su legalidad, las fundaciones reúnen una serie de requisitos imprescindibles para el correcto desempeño de sus funciones. Estos requisitos están recogidos en la legalidad vigente, impuesta por los Gobiernos pertinentes en los distintos territorios que integran el planeta.

En España, entre los principales requisitos que se establecen para las fundaciones cabría destacar los siguientes:

  • La fundación debe orientar su actividad a fines de interés general.
  • Los cargos de gobierno deben ser gratuitos.
  • Las actividades no pueden cumplir con fines propios del consejo de gobierno.
  • El importe de las actividades no puede exceder el 40% de los ingresos totales.
  • Deben aplicar el 70% de sus ingresos a los fines establecidos en el objeto social.

Dependiendo de cada país, así como la normativa, estos requisitos, así como los porcentajes establecidos, pueden sufrir variaciones.

Tipos de fundación

Realmente no existe una clasificación que distingue de forma oficial los tipos de fundación existentes. Para el Estado, las fundaciones poseen una homogeneidad mediante la que se aplica una serie de derechos y obligaciones de carácter general para todas las denominadas. 

Sin embargo, en la práctica, sí podemos encontrar una clasificación de los tipos de fundaciones existentes.

Entre los tipos de fundación que pueden existir se encuentran:

  • Reales patronatos.
  • Fundaciones del sector público estatal.
  • Extranjeras.
  • Fundaciones públicas sanitarias.
  • Fundaciones vinculadas a formaciones políticas.
  • Laborales.
  • Religiosas.
  • Fundaciones de ámbito territorial.
  • Culturales.
  • Fundaciones de beneficencia general.

Al igual que se ha ido mencionando a lo largo del artículo, esta clasificación puede sufrir variaciones, dependiendo del país al que hagamos referencia.

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Francisco Coll Morales , 21 de marzo, 2020
Fundación. Economipedia.com