Plusvalía del muerto

La plusvalía del muerto es una regla fiscal española. Libera a un heredero de pagar impuestos correspondientes por las ganancias o las pérdidas patrimoniales que registra el activo de un tercero, el cual ha fallecido. Siempre que se trate de fondos de inversión, así como otros activos financieros determinados.

Como explicamos, esta regla fiscal permite a aquellos que heredan un fondo de inversión, así como otra serie de activos financieros, ahorrar en el pago de impuestos. Esto, debido a que evita pagar doblemente un impuesto, cayendo en la doble imposición.

En otras palabras, es una modificación en la legislación española que permite a los herederos de fondos de inversión, o de otros activos financieros, evitar el pago dos veces por un mismo hecho imponible.

¿Qué es el valor liquidativo?

Antes de seguir, es conveniente conocer qué es el valor liquidativo; pues no podemos entender lo que se muestra a continuación si previamente no entendemos este concepto. El valor liquidativo de un fondo de inversión es el precio unitario de cada participación en un momento determinado. En otras palabras, el valor que presenta cada una de las participaciones en un momento dado.

Dicho de otra forma y para entenderlo definitivamente, el valor liquidativo es el precio que tienen cada una de las participaciones del fondo de inversión. De la misma forma que, cuando queramos vender el fondo, el valor liquidativo es la cuantía económica que recibimos por cada una de las participaciones de las que nos deshacemos.

¿Sabemos ya que es valor liquidativo? ¡Sigamos!

¿Cómo funciona la plusvalía del muerto?

Cuando una persona compra participaciones en un fondo de inversión, esta debe declarar en el IRPF las ganancias o las pérdidas registradas cuando haya liquidado el fondo, es decir, cuando haya deshecho la posición.

De esta forma, debemos pagar impuestos por la diferencia entre el valor liquidativo en el momento de la adquisición y el valor liquidativo en el momento que vende, que viene a ser la ganancia registrada. Imaginemos que compramos a 100$ y cerramos a 150$. En este caso, deberíamos pagar impuestos por esa ganancia de 50$.

Sin embargo, cuando un heredero hereda un fondo de inversión, este ya debe pagar en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones por el valor liquidativo de dicho fondo. Recordemos, por el capital que puede recuperar el heredero en el momento en el que hereda dicho fondo.

Por esta razón, pagar nuevamente por la revalorización del valor liquidativo del fondo no tendría sentido. Pues, en teoría, ya estamos pagando un impuesto equivalente al valor liquidativo de dicho fondo en el ISD.

Para ello se crea la plusvalía del muerto, pues exime de esta doble imposición al heredero, considerando como valor liquidativo de adquisición, el valor de la cotización el día del fallecimiento del titular. Es decir, el precio que marca dicho activo financiero en el momento que se traspasa.

¿Cómo tributa un fondo de inversión?

Aunque lo hemos descrito brevemente en el apartado anterior, para entender correctamente qué es la plusvalía del muerto, es preciso conocer cómo tributa un fondo de inversión en España.

Así, un fondo de inversión es un tipo de activo financiero, el cual nos permite depositar un capital por el que, con el paso del tiempo, obtendremos una serie de rendimientos. Ello se consigue invirtiendo en activos financieros como acciones, bonos u otros tipos de activo.

Estos rendimientos se suman al capital aportado en el inicio, así como a las aportaciones realizadas a lo largo del tiempo. No obstante, hasta que no sean rescatados, estos rendimientos no deben declararse en el IRPF. Sin embargo, si rescatamos esos fondos, debemos pagar por los beneficios obtenidos, que sería la diferencia entre el valor liquidativo en el momento de la compra y el valor liquidativo al momento de cierre.

Por esta razón, cuando hagamos la declaración de la renta, debemos pagar por los rendimientos obtenidos de dichos activos, siendo el tipo entre un 19% y un 23%.

Una cuantía que, gracias a la plusvalía del muerto en este caso, no tenemos que pagar.

La plusvalía del muerto: doble imposición

La doble imposición es el fenómeno mediante el que un mismo hecho imponible está sujeto a dos o más tributos similares. El término suele utilizarse cuando una misma renta está sujeta a dos o más impuestos.

En este caso, cuando nos tratan de cobrar impuestos en concepto de «rendimientos por activos financieros heredados», debemos saber que hablamos de una doble imposición, pues ya se paga por el valor de estos activos cuando pagamos el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD).

Por tanto, la plusvalía del muerto nos exime de tener que pagar por estos beneficios. Considera que el valor liquidativo de compra al que hemos adquirido las participaciones heredadas es igual al valor liquidativo que marque la cotización del activo el día que fallece su propietario.

Esto se debe a que, como hemos dicho, ya tenemos que pagar por el valor liquidativo del fondo mediante el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Es decir, tenemos que pagar por el valor total de nuestras participaciones en el fondo mediante dicho impuesto y en el momento de la herencia, por lo que pagar nuevamente sería una doble imposición.

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Francisco Coll Morales , 01 de noviembre, 2021
Plusvalía del muerto. Economipedia.com