Recurso de queja

El recurso de queja es un medio de impugnación extraordinario a disposición de las partes en un proceso judicial ante inadmisiones de recursos.

Este recurso es un remedio legal por el que las partes intentan que se admita un recurso, el cual ha sido inadmitido por el tribunal ante el que se prepara. En cambio, este tribunal que inadmite el recurso no es el que va a resolverlo sino su superior jerárquico.

¿Dónde se interpone este recurso? ¿Quién lo resuelve? Este recurso se considera no devolutivo, es decir, que se interpone ante el mismo órgano judicial que dictó la inadmisión de otro recurso. Igualmente, lo resuelve ese órgano que dictó la resolución recurrida. Por lo que, a distinción de otros recursos, como el recurso de apelación, no será un tribunal superior quién resuelva este recurso.

En cambio, las resoluciones judiciales que son recurridas mediante este remedio legal deben ser inadmisiones de recursos devolutivos. Por ejemplo, se podrá interponer un recurso de queja si se nos inadmite un recurso de apelación (devolutivo). En cambio, no se puede interponer recurso de queja si lo que se nos inadmite es un recurso de reposición (no devolutivo).

Procedimiento

El procedimiento de este recurso tiene tres fases.

  1. Preparación: Ante el órgano judicial que emitió la resolución inadmitiendo otro recurso.
  2. Interposición: Ante el órgano judicial superior al tribunal que emitió la resolución que estamos impugnando con el recurso de queja.
  3. Sustanciación: Quién resuelve este recurso es el Tribunal superior jerárquico.

Ejemplo de recurso de queja

Para comprender mejor este recurso vamos a ver un ejemplo:

  1. “A” interpone una demanda contra “B” para que “B” pague una deuda que contrajo con “A”.
  2. El tribunal de primera instancia resuelve a favor de “B” indicando que no existe ninguna deuda con “A”.
  3. “A” quiere recurrir e interpone un recurso de apelación ante el tribunal de primera instancia.
  4. El tribunal de primera instancia inadmite a trámite ese recurso, es decir, ni siquiera conocerá de él el tribunal de apelación.
  5. “A” quiere continuar con ese recurso de apelación y, por ello, interpone ante ese juzgado de primera instancia el recurso de queja.
  6. Si se admite el recurso de queja, a su vez se admitirá el recurso de apelación, y el tribunal de apelación podrá decidir de nuevo sobre la deuda de “A”.
  7. Si no se admite el recurso de queja, no se admitirá el recurso de apelación, y no se podrá discutir lo decidido por el juzgado de primera instancia: que “B” no tiene deuda con “A”.
Queja

Efectos

Los principales efectos dependerán si la resolución del tribunal es favorable o desfavorable:

  • Se desestima la queja: Se confirma la resolución que inadmitió el recurso principal (apelación o casación) y, por tanto, ya no podrá recurrir más en ese procedimiento.
  • Se estima la queja: Se confirma que la resolución que inadmitió el recurso principal (apelación o casación) estaba mal denegada y, por tanto, deberá admitirse a trámite el recurso principal.

¿Qué puede ser objeto de un recurso de reposición?

No todas las resoluciones judiciales pueden ser recurridas mediante este recurso. Las resoluciones que pueden ser objeto de este recurso son:

  1. Inadmisiones de recursos de apelación.
  2. Inadmisiones de recurso de casación.
  3. Inadmisiones de recurso de infracción procesal.
  4. No se puede recurrir la denegación del recurso de reposición.

En resumen, las resoluciones que pueden ser recurridas mediante recurso de queja son exclusivamente las inadmisiones que impiden que el tribunal superior jerárquico llegue a conocer de un recurso. Esto significa que el recurso de queja, es un medio de impugnación instrumental o accesorio de otro recurso principal.

Características del recurso de queja

Las características básicas de este recurso son:

  • No influye en la resolución del pleito.
  • Tiene carácter accesorio o instrumental. Tiene un marcado carácter procesal, ya que no alega derechos nuevos sino simplemente la denegación errónea de poder recurrir una resolución.
  • Se puede interponer ante todas las jurisdicciones: penal, civil, laboral, etc.
  • No produce efectos suspensivos en la resolución recurrida.
  • Solo puede ser utilizado por las partes del proceso.
  • Tiene carácter devolutivo.
  • La regulación de este recurso está establecida en la ley procesal.

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Elena Trujillo , 29 de abril, 2021
Recurso de queja. Economipedia.com