KIID
El KIID (Key Investor Information Document) o Documento Fundamental para el Inversor (DFI) contiene la información más relevante que necesitan los inversores antes de contratar un fondo de inversión.
Cabe señalar que no es un documento de tipo publicitario, sino que responde a una obligación establecida por la ley. De este modo, el inversor dispone de los datos fundamentales sobre posibles riesgos, rentabilidades y costes antes de tomar la decisión de invertir.
Este documento puede conseguirse solicitándolo a las propias entidades financieras, a través de la Comisión Nacional del Mercado de Valores o en los sitios web de los propios gestores de los fondos de inversión.
¿Cómo es un documento KIID?
Se trata de un documento no demasiado extenso (generalmente no superior a 2 páginas), que refleja la información más relevante de un fondo de inversión.
Cabe señalar que este documento debe contar con el visto bueno de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Asimismo, dada su finalidad informativa, las características principales del producto deben estar expresadas de manera clara y comprensible.
Todo documento KIID se estructura en varios apartados. Dichos apartados contendrán datos que permitan clasificar e identificar al fondo, qué tipo de fondo es, cuál va a ser la política de inversión y qué objetivos que se pretenden alcanzar, una valoración del riesgo y de la retribución, posibles comisiones a pagar, información sobre rentabilidades pasadas y datos sobre inversiones iniciales y tratamiento fiscal.
¿Cómo se identifica el fondo de inversión?
El primer apartado de un documento KIID permite identificar ante qué tipo de fondo de inversión se encuentra el inversor. Para ello, habrá un número de registro que permita identificar al fondo en cuestión y especificará quién es la gestora del fondo.
¿Cómo podrá saber el inversor cuál es la política de inversión? ¿Y los objetivos del documento KIID?
Esta sección suele ser la más extensa de un documento KIID. En ella se detallan el tipo de inversiones que se realizarán y su valoración porcentual. Igualmente, debe constar el tipo de sectores económicos y zonas geográficas en los que se efectuarán las inversiones.
Cabe señalar que también será necesario precisar si se trata de fondos de gestión activa, administrados por un gestor o de fondos de gestión pasiva, que reproducen un índice de referencia.
No menos relevante será incluir el horizonte temporal de la inversión y el valor de liquidación según se pretenda suscribir o reembolsar.
¿Cómo se determina el riesgo y la remuneración?
Para todo inversor es esencial conocer el nivel de riesgo al que se enfrenta en su inversión. Este aspecto se expresa mediante una escala que oscila entre 1 y 7. Así, los productos clasificados con una valoración de 1 serán los que menor riesgo representen, mientras que los productos con un 7 serán los que mayores riesgos conlleven.
Gastos y comisiones
La sección dedicada a gastos corrientes y comisiones muestra los gastos que pueden producirse por cuestiones como notaría y administración entre otros. Asimismo, los inversores también deberán contar con la información relativa a las comisiones que se cobrarán por suscribir el fondo, por reembolso o por una gestión exitosa.
Para valorar la importancia de las comisiones, se incluye la ratio TER (Total Expense Radio). Esta ratio expresará la media de la totalidad de los gastos sobre el fondo. Y es que, cuantos mayores sean los gastos y las comisiones, menor será la rentabilidad.
Rentabilidad histórica e información práctica
Los dos últimos apartados que componen el documento KIID son la rentabilidad histórica y la información práctica.
Gracias a la sección de rentabilidad histórica es posible conocer cuáles han sido los rendimientos del fondo en los 10 años anteriores. En caso de que el fondo tenga una trayectoria inferior a los 10 años, el inversor dispondrá de una simulación. En este sentido, cabe subrayar que las rentabilidades históricas no tienen por qué replicarse en el futuro.
En cuanto a lo que se conoce como información práctica, se detalla la cantidad mínima que se debe invertir para comenzar, el tratamiento fiscal y la supervisión y leyes a la que esté sujeto el fondo.